A dos meses y medio de la grave denuncia que una alumna de una escuela EPET Nº6 de La Bebida radicó contra el portero de la institución, por abuso sexual y que producto de ello habría quedado embarazada, el juez del Primer Juzgado de Instrucción que investiga el caso le dictó la falta de mérito al acusado y ordenó su inmediata liberación.
Si bien Tiempo de San Juan no accedió a los fundamentos de Benito Ortíz, pudo conocer que no hubo los suficientes elementos probatorios de semejante acusación acorde al relato que ofreció la menor, el cual se prestó inconsistente e inverosímil, según informaron fuentes judiciales.
La joven de 14 años, que tiene fecha de parto para finales de enero, declaró en Cámara Gesell y en su narrativa señaló que la presunta violación se habría dado en el interior de uno de los baños del establecimiento educativo y al tiempo descubrió que estaba embarazada. En su momento circuló una versión a favor del denunciado, que sostenía que habrían mantenido relaciones sexuales consentidas. Sin embargo, el encargado de la limpieza de la escuela nunca declaró en sede judicial.
Tal y como lo sostiene la fuente judicial, si hubo una violación no hay forma de acreditarlo -fundamentalmente- por tres cuestiones: por la mecánica del relato, es decir cómo lo cuenta no es posible recrear una violación, ni tampoco por el lugar en el que se habría dado el hecho ni por el movimiento que tiene la institución.
Es que el baño donde dijo que fue abusada está ubicado a tres metros de la Preceptoría y tiene puerta reja que permite total visibilidad en hacia el interior. La menor también dijo que el abuso fue en horario de mañana y, con 210 alumnos y alrededor de 30 personas adultas -entre personal docente y maestranzas- resulta un tanto complejo que nadie haya visto nada.
A pesar de la resolución del magistrado, el portero no quedó desvinculado de la causa y su situación quedará supeditada hasta obtener el resultado de ADN que descarte o confirme su paternidad. En el primer caso, sería sobreseído y se habría comido un "garrón", mientras que en el segundo quedaría imputado por estupro, un delito menor con una pena que va de 3 a 6 años de prisión.
Teniendo en cuenta que la presunta víctima y el presunto victimario son oriundos del mismo distrito de Rivadavia, el magistrado también dictó una medida cautelar que impide el acercamiento del detenido que recuperó la libertad con la denunciante, no sólo física sino también telefónicamente. Cualquier tipo de contacto sería perjudicial para el conserje que, de contradecir una orden judicial, podría volver tras las rejas.