Conocida popularmente como ley de proveedores, el nuevo proyecto Ley de Desarrollo local minero establece reglas claras para garantizar que las grandes mineras que trabajen en San Juan contraten más mano de obra y empresas proveedoras locales.
Ese es el espíritu de la iniciativa que ingresó ayer martes 9 de junio a la Legislatura provincial, con la firma del gobernador Marcelo Orrego. El proyecto llega al recinto con el respaldo de haber sido acordada por el gobierno con las cámaras empresarias e industriales, y apunta a consolidar metas de empleo y contratación local, priorizando la transparencia y la previsibilidad para la cadena de valor sanjuanina.
El texto de 32 artículos que envió el Poder Ejecutivo incorpora varios de los aspectos que ya había anticipado Tiempo de San Juan en los últimos meses. Y si bien no impone porcentajes obligatorios de contratación, sí exige a las mineras la elaboración de planes concretos para alcanzar determinados objetivos, acompañados por incentivos y mecanismos de seguimiento.
Las claves principales
1-Meta del 80% de empleo local: las empresas mineras deben presentar un plan para alcanzar un objetivo del 80% de trabajadores residentes en San Juan, otorgando prioridad absoluta a los habitantes de los departamentos de influencia directa del proyecto.
2-Objetivo del 60% de compras sanjuaninas: se establece la meta de orientar el 60% del monto anual de contrataciones a empresas sanjuaninas, siempre que existan condiciones competitivas de mercado.
3-Planes de Desarrollo obligatorios: tanto las operadoras como sus grandes contratistas deben presentar planes con metas progresivas y verificables de empleo y proveedores locales, los cuales deben actualizarse cada dos años.
4-Creación de un Registro de proveedores: se constituye el Registro de Proveedores Mineros de San Juan (Repromin), un sistema público y digital donde solo podrán inscribirse empresas con arraigo real (domicilio operativo, tributación local y 80% de personal sanjuanino) para que las mineras puedan contratarlos.
5-Previsibilidad para Pymes: las mineras están obligadas a publicar sus planes de demanda y cronogramas estimados de compras y licitaciones. Esto busca que los proveedores locales conozcan anticipadamente las necesidades de la mina y puedan prepararse para competir.
6-Incentivos Fiscales por cumplimiento: aquellas operadoras que alcancen simultáneamente las metas de empleo (80%) y compras (60%) recibirán un Certificado de Crédito Fiscal transferible, que puede usarse para cancelar impuestos provinciales o cederse a sus proveedores pymes.
7-Transparencia en las adjudicaciones: la ley exige procedimientos públicos para la convocatoria y la comunicación de los resultados de las contrataciones, permitiendo que la sociedad verifique el desempeño y compromiso de cada empresa.
8-Prioridad al Agregado de Valor: el registro -Repromin- clasificará a los proveedores industriales, comerciales, de servicios y constructoras, ponderando positivamente a quienes generen mayor valor agregado local, diferenciando, por ejemplo, a un fabricante industrial de un mero intermediario comercial.
9-Vinculación estratégica con municipios: las acciones voluntarias de responsabilidad social de las empresas deben alinearse con los planes estratégicos municipales en áreas de educación, salud e infraestructura, evitando esfuerzos aislados y fomentando el desarrollo planificado.
10-Control y sanciones: el Ministerio de Minería, asistido por un Consejo Consultivo público-privado, auditará el cumplimiento de la ley. Las infracciones pueden derivar en multas de hasta 60.000 Unidades Tributarias o la suspensión del registro de proveedores.