La Justicia de Lomas de Zamora, en un fallo inédito, consideró como un arma a un encendedor con el que un hombre intentó prender fuego a su pareja tras rociarla con alcohol en una vivienda de la localidad de Villa Centenario, el 22 de febrero último.
Basado en jurisprudencia que considera que "para que un objeto pueda ser denominado 'arma' no solo es requisito excluyente el mayor poder intimidante que pueda ejercer sobre la víctima sino también su poder vulnerante", el magistrado evaluó que el elemento fue empleado con ese fin cuando el acusado amenazó e intentó quemar a su pareja.
La víctima forcejeó entonces con el sujeto y éste cayó al suelo, momento en que la tapa del encendedor se cerró y la víctima logró huir de la casa y radicar una denuncia.
En la causa intervino como fiscal de hechos de flagrancia Marcela Juan, quien inicialmente caratuló el hecho como "amenazas agravadas por el empleo de arma en el contexto de violencia familiar y de género".
Al convalidar la aprehensión del acusado, el juez avaló que "el uso conjunto del alcohol vertido sobre la víctima y el encendedor, aumentaron el poder vulnerante del sujeto activo y el intimidante del pasivo, catalogando los elementos descriptos como arma impropia", es decir que no fue creada con la finalidad de ser empleada en un ataque.
La causa continuó con la incorporación de otros elementos de prueba que llevaron a que el expediente saliera de la órbita de flagrancia y pasara a la fiscalía a cargo de Stella Maris Tato, quien consideró al acusado autor del delito de "homicidio agravado en grado de tentativa y coacción todo ello en el contexto de violencia familiar y de genero", por el cual volvió a indagarlo.
La defensa solicitó entonces la excarcelación del acusado y la causa llegó a manos del magistrado Vitale, quien al analizar los elementos no sólo rechazó ese pedido sino que avaló el empleo de un encendedor como una arma, en un inédito fallo judicial.