ANSES: el importante dato que deben tener en cuenta los JUBILADOS y PENSIONADOS

Desde la web oficial de ANSES, los beneficiarios pueden controlar su salario. Cómo hacerlo, paso a paso.
Miércoles, 14 de febrero de 2024 a las 07:25
 ANSES y los cambios para un grupo de beneficiarios.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) permite a jubilados y pensionados llevar un control del movimiento de su salario a distancia, a través de la web oficial del organismo. Desde allí pueden acceder a su recibo de sueldo e imprimirlo las veces que sea necesario.

Para visualizar y conocer el recibo de sueldo de ANSES se puede llamar al número 130, o ingresar de forma online con los siguientes pasos:

  • Ingresar a Mi Anses.
  • Completar número de CUIL y Clave de Seguridad Social.
  • Ingresar a Jubilados y Pensionados
  • Seleccionar Consulta de recibos.

* Quiénes pueden visualizar el recibo de sueldo

Podrán visualizar el recibo:

  • Jubilados y pensionados.
  • Tutores o apoderados.
  • Para cualquiera de los casos, se debe contar con el número de beneficio.

* Qué información contiene el recibo de sueldo

Algunas de las siglas o conceptos que aparecen en el recibo de sueldo son:

  • PBU: Prestación Básica Universal.
  • PC: Prestación Compensatoria. Compensa aportes efectuados previos al 30/06/1994.
  • PAP: Prestación Adicional por Permanencia. Adicional por aportes posteriores al 30/06/1994.
  • Complemento al haber mínimo: diferencia que se paga para llegar a la jubilación mínima.
  • Asignación por hijo: monto mensual por hijo menor de 18 años o discapacitado (en este caso: sin límite de edad).
  • Asignación por cónyuge: monto mensual por esposo/a o conviviente. La cobra uno sólo en el matrimonio.
  • Reparación histórica: ajuste por aceptación voluntaria para actualizar los haberes en función de fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

* Qué descuentos pueden aparecer en el recibo

La lista de descuentos que pueden aparecer en el recibo de jubilación es:

  • Obra Social: en la jubilación mínima corresponde al 3% que efectúa PAMI o la obra social elegida. Si supera la mínima es el 6% sobre el excedente.
  • Créditos ANSES: en el caso de haber solicitado un préstamo, se puede descontar una cuota, que no puede superar el 20% de los ingresos netos mensuales.
  • Cuota moratoria AFIP: para completar años de aportes faltantes para obtener la jubilación.
  • Retroactivo moratoria AFIP: descuento de las cuotas no pagas al momento del otorgamiento de la jubilación por moratoria.
  • Descuentos de mutuales y otras entidades.
  • Impuesto a las Ganancias: este descuento aplica en haberes equivalentes a seis jubilaciones mínimas y se actualiza de acuerdo con la Ley de Movilidad.

Fuente: Ámbito

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