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Debate en puerta

Por la aceleración de la inflación, Nación realizó una convocatoria para definir el Salario Mínimo, Vital y Móvil

El Consejo del Salario se encontrará el próximo martes para definir los nuevos incrementos. Los últimos datos de la inflación, en la mira de empresarios y gremios a la hora de fijar porcentajes de incremento.

Por Redacción Tiempo de San Juan

En el marco de la aceleración inflacionaria se realizó una convocatoria de parte del Nación al Consejo del Salario, para definir el incremento que tendrá el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). El encuentro buscará definir los porcentajes de aumento, teniendo en cuenta que la última actualización fue en diciembre del 2024, establecida por decreto.

Con intenciones de no volver a repetir el mismo escenario es que se realizará el encuentro el próximo 29 de abril, desde las 12:30 horas. El encuentro será virtual y habrá una segunda citación, prevista para las 14 horas del mismo día.

Definir la base del salario mínimo, vital y móvil es fundamental más que nada para las ayudas sociales. Sucede que en gran parte de los rubros privados se manejan en base a convenios colectivos de trabajo o acuerdo entre el gremio y los empresarios, pero el SMVM es indicador para los montos que se manejan en ayudas sociales, como la prestación de desempleo y asignaciones familiares, por ejemplo.

Cabe recordar que la última actualización se dio en diciembre del 2024, donde no hubo acuerdo entre las partes en torno a los porcentajes de incremento y el Gobierno nacional decidió establecer los montos por decreto. De esta manera, los incrementos se definieron de la siguiente forma:

  • Diciembre $279.718
  • Enero $286.711
  • Febrero $292.446
  • Marzo $296.832

Previamente, ese mismo día a las 10:00 horas, la Comisión celebrará una reunión, también virtual, con el objetivo de abordar dos temas centrales:

  • La determinación del nuevo valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil, de acuerdo con lo establecido en el artículo 135, inciso a) de la Ley Nº 24.013.
  • La actualización de los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo, conforme al inciso b) del mismo artículo.
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