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Dato clave: mirá cómo quedan las jubilaciones tras la sanción de la Ley de Solidaridad

Fue el tema más debatido en las dos cámaras en la previa de la sanción del proyecto ley enviado por Alberto Fernández

Por Redacción Tiempo de San Juan

Si el proyecto de ley de emergencia pública obtiene en el Senado la misma sanción que consiguió esta mañana en Diputados, los jubilados recibirán dos aumentos en la primera mitad del año próximo. Además, cobrarán un bono doble todos los que cobren menos de $ 20.000.

El Gobierno propone eliminar la actualización que Cambiemos impuso en 2017 para perjudicar a los adultos mayores por años con menores incrementos. A cambio, entregará un incremento en los haberes en marzo y otro en junio, las fechas que establecía la ley anterior.

“Durante el plazo previsto en el artículo anterior (180 días), el Poder Ejecutivo deberá fijar trimestralmente el incremento de los haberes previsionales de la totalidad de los regímenes bajo su administración, atendiendo prioritariamente a los sectores de más bajos ingresos”, rezó en su artículo 52 el texto que presentaron los ministros de Alberto Fernández y que consiguió el aval de la Cámara baja.

Según la fórmula de movilidad de Mauricio Macri, los jubilados deberían cobrar un incremento del 11,54% para marzo, a lo que se le acumularía aproximadamente un 15% para junio. Eso daría un 28,7% para los primeros seis meses del año próximo.

El presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda de Diputados, Darío Martínez, adelantó que Fernández piensa en aumentos superiores al 30% para el semestre. De esta forma, subiría la mínima a $ 18.200 en junio.

Además, la ANSES que dirige Alejandro Vanoli anunció un bono de $ 5.000 por diciembre y enero para quienes cobren la mínima. El resto de los jubilados recibirán el proporcional hasta que sus ingresos esos meses alcancen a los $ 19.068. Por lo tanto, quienes cobren un haber de ese monto o más no recibirán este extra, ni tampoco quienes perciban una pensión adicional.

Por las faltantes de remedios que generó Macri, el proyecto también compromete al Ejecutivo a procurar el suministro de medicamentos esenciales para tratamientos ambulatorios a pacientes en condiciones de alta vulnerabilidad social y para la prevención y el tratamiento de enfermedades infecciosas y crónicas no trasmisibles. En el segundo artículo, el PAMI, ahora a cargo de Luana Volnovich, establece que asegurará a sus beneficiarios “el acceso a las prestaciones médicas esenciales”. Si bien ambas deberían ser obligaciones, Cambiemos las incumplió.

El fondo de los jubilados comprará más bonos

El Fondo de Garantía de Sustentabilidad tiene prohibido adquirir bonos estatales por más del 60% de su cartera. El anterior director ejecutivo de ANSES, Emilio Basavilbaso, se retiró de su oficina con una proporción de títulos inferior al límite legal. Si bien respetó esta ley, por negociados y malas inversiones dilapidó en cuatro años el 50% del patrimonio que tenía bajo su protección, como reveló El Destape, dado que entregó sólo U$S 33.700 millones, de acuerdo a las cifras internas del organismo.

Si bien el proyecto oficial establece una reducción del techo para bonos soberanos del 60% al 50%, lo habilita para que ocupen la totalidad de las inversiones del FGS. El documento planteó que la tenencia puede ascender, para “operaciones de crédito público de las que resulte deudor el Estado nacional, ya sean títulos públicos, letras del Tesoro o préstamos, hasta el 50% de los activos totales del Fondo. Podrá aumentarse al 100% neto de los topes previstos en el presente artículo, en la medida que el excedente cuente con recursos afectados específicamente a su cumplimiento o con garantías reales u otorgadas por organismos o entidades internacionales de los que la Nación sea parte”. Como en la actualidad, excluyeron del máximo las tenencias de títulos que fueron recibidos en canje por las administradoras de fondos de jubilaciones y pensiones.

De sancionado, se aplicará en etapas. “Transitoriamente, hasta el 31 de diciembre de 2023, podrá mantenerse hasta el 70% de la cartera del Fondo de Garantía de Sustentabilidad en títulos públicos, cuenten o no con garantías”, estableció el artículo 53.

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