La decisión fue emitida en el Boletín Oficial por medio de un comunicado del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) que instruyó a las prestadoras del servicio de distribución, en forma excepcional, a que en las facturas que se emitan a partir del 25 de agosto de 2017 y hasta el 31 de octubre de 2017, deberán contemplar un diferimiento de pago del 50 % del monto total de la liquidación correspondiente al período de facturación, sin la aplicación de intereses.
Ahora dicen que el pago en cuotas de la factura de gas es optativo
Los montos objeto del diferimiento deberán ser incluidos en la primera factura que se emita con posterioridad al 31 de octubre de 2017 y en dos cuotas mensuales iguales y consecutivas, tal como se encuentra previsto para la cancelación de facturaciones emitidas en forma habitual.
Alcanza a todos los residenciales de las distribuidoras, entre ellas a Distribuidora de Gas Cuyana (Mendoza, San Juan y San Luis).
En este sentido, la duda recaía en el punto sobre si esta nueva forma de pago era obligatoria o era optativa. Según informaron desde Ecogas la forma de pagar será como el usuario considere más conveniente hacerlo para él.
Así las cosas, es que la factura llegará como la resolución exige y con el diferimiento de pago correspondiente. De este modo, la boleta bimestral arribará a los domicilios exhibiendo el 50% del pago correspondiente al consumo de invierno en dos cuotas. El usuario, en este sentido, podrá abonarlo como hasta ahora, con dos vencimientos, uno por mes o abonar los dos cupones de una sola vez.
Pero también, el usuario tiene la opción de abonar el monto total de la factura emitida entre el 25 de agosto y el 31 de octubre de 2017 bajo la modalidad que lo venía haciendo, es decir en dos cuotas.
Para ello, deberá solicitar la refacturación del período por mail a clientescuyo@ecogas.com.ar consignando en el asunto: "Refacturación período con diferimiento y número de cliente. La boleta le llegará al correo.
A quiénes llega
La nueva resolución destaca que la medida de pagar en cuatro cuotas no alcanza a usuarios beneficiarios de la tarifa social, toda vez que los mismos reciben una bonificación del precio del gas natural incluido en la tarifa, ni a los usuarios con consumo cero (0) en el período de facturación.
Además, y como se aclara, la posibilidad de abonar con diferimiento es sólo para todas las categorías de usuarios residenciales, por lo tanto, no contempla a usuarios comerciales y empresas.
Según mencionaron desde el Gobierno, el objetivo de esta medida es alivianar las facturas que corresponden a los meses de invierno y de mayor consumo y vienen cargadas con la readecuación tarifaria.
(Fuente: Los Andes)