La Corte Suprema de Justicia decide hoy sobre un recurso
extraordinario presentado por el Gobierno. Es en relación a los aumentos en las
boletas de gas. El máximo tribunal se pronunciará a favor de conciliar la
facultad del Gobierno para establecer tarifas. También señalará que los
incrementos deben ser "razonables” y siguiendo los "procedimientos legales
adecuados”, según afirmó Clarín, con información de distintas fuentes judiciales.
Los ministros de la Corte estaban anoche puliendo los
detalles de su fallo y desde las 9 de la mañana, los cuatro integrantes del
máximo tribunal están en sus despachos.
El máximo tribunal reconocerá que el Poder Ejecutivo está
facultado para determinar los precios del gas. De esta forma, validará la
potestad legal de Estado nacional para decidir en el segmento mayorista de la
energía, es decir el importe del gas en boca de pozo. Este componente es el más
importante en las facturas de gas, ya que representa casi un 60% de las
facturas.
Pero la justicia también se referirá a un aumento
"razonable”. El Gobierno entiende que la tarifa social alcanza para cumplir con
esa demanda, pero la Corte se inclinaría por algún tope. En ese sentido, está
la resolución 129, dictada por el ministerio de Energía, pero que todavía no
fue instrumentada.
Esa resolución establece que los incrementos tienen un techo
de 400% en las facturas del año pasado en los hogares y de 500% en los
comercios. Eso implica que las subas máximas resultarían en que el importe de
las boletas de 2015 se multipliquen por cinco. También habrá menciones a
"cumplir con los procedimientos legales” para aplicar aumentos. Esto llevaría a
la obligación de realizar audiencias públicas para determinar los valores que
cobrarán las empresas de distribución (las que llevan gas a las casas y
hogares) y las transportistas. El gobierno tenía previsto ese proceso en 2017 y
prometió audiencias para octubre. Mientras, aplicó un incremento "transitorio”.
Todo indica que la Corte no comparte ese procedimiento.
Para la suba "transitoria”, a la espera de una revisión tarifaria
integral (RTI), que recién se definiría en 2017, el Gobierno aplicó ajustes en
base al resultado de audiencias realizadas en el pasado. La Corte cree que ese
argumento no sirve.
Durante la discusión entre los jueces de la Corte sobre
tarifas, algún ministro deslizó que el aumento en el gas no podía ser
"confiscatorio”. Sin embargo, ese término podría quedar afuera de la versión
final, ya que fijaría un techo del 35%. En resoluciones anteriores, la justicia
entendió que por arriba del 35% eran "confiscatorios”.
La suba en las boletas de gas está frenada desde un fallo de
la sala II de la Cámara Federal de La Plata. Ese fallo provocó que el Gobierno
presentara un recurso extraordinario. Si la Corte habilita el aumento "en el
punto de ingreso al sistema” (el gas mayorista), en el Poder Ejecutivo creen
que se habrá avanzado. Desde 2004, el Estado fija los precios mayoristas de gas
y luz en el marco de la ley de Emergencia Económica. Sin embargo, la necesidad
de celebrar audiencias públicas complicaría a empresas de distribución
(Metrogas y GAS BAN en Buenos Aires) y transportistas (TGS y TGN). Estas
compañías tendrían que aplicar las tarifas de 2015, es decir las previas a los
incrementos, hasta que haya una revisión tarifaria (RTI), cuyo resultado se haría
efectivo en 2017.
En la luz, los aumentos están detenidos en la provincia de
Buenos Aires, donde algunas distribuidoras fueron forzadas a devolver los
aumentos cobrados. También hay un fallo de la jueza Martina Forns que impide
los aumentos de distribución eléctrica en todo el país. Sin embargo, cada
provincia posee su propia jurisdicción sobre la luz, por lo que el territorio
alcanzado sería el conurbano y la ciudad de Buenos Aires, que están bajo
jurisdicción federal. El Gobierno avanzará en su estrategia judicial para la
luz después de conocido el resultado del gas.