En este mes, los autónomos y los monotributistas tienen que
ingresar sus mensualidades únicamente bajo la modalidad de pago bancario. De
esta forma, para estos contribuyentes se acaba la posibilidad de concurrir a un
banco con la boleta en mano para pagar la cuota. Por ese motivo, quizás ahora
con esta obligación sería conveniente pensar en adherir al débito automático de
la obligación en la cuenta bancaria o en la tarjeta con el beneficio de recibir
una vez por año la devolución de una parte de lo que se paga por mes.
Quiénes están obligados:
Para los monotributistas, inscriptos en las categorías "L” a
"K”, la obligación comienza en octubre, con vencimiento el día 20 de este mes.
Los inscriptos en las categorías que van de la "J” a la "I” será obligatorio a
partir del mes de noviembre; y para los de las categoría "H” desde diciembre de
2016.
Las demás categorías menores seguirán con la forma de pago
bancario, aunque opcionalmente podrán adherir al débito automático.
En cuanto a los autónomos, la nueva modalidad de pago tiene
el siguiente cronograma: categorías V y V´, desde octubre; categorías IV y IV´,
desde noviembre y categorías III a III´ a partir de diciembre.
Cómo se paga:
Utilizando las siguientes modalidades de pago:
• Transferencia electrónica de fondos
• Débito automático en tarjeta de crédito,
• Débito en cuenta a través de cajeros automáticos,
• Débito directo en cuenta bancaria.
Para realizar esos pagos se podrá abrir una "Caja de Ahorro
Fiscal” en el Banco de la Nación Argentina, que no tendrá costo de apertura ni
de mantenimiento.