Mediante un comunicado, la Mesa por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito, acusó a la Obra Social Provincia (OSP), de dilatar el pedido de una sanjuanina que quería abortar y que tuvo que enfrentar un conflicto legal con su ex pareja. El hombre, conocido como Franco, insistía con que su ex mujer lleve adelante el embarazo y tenga al bebé para luego entregárselo a él.
La Mesa por el Aborto Legal acusa a la OSP de dilatar el pedido de aborto de una sanjuanina
En este contexto, las integrantes de la organización feminista, cruzaron a la OSP por demorar el pedido de la mujer que aún no cumplía las 14 semanas de embarazo y estaba dentro del tiempo contemplado por la ley.
"Las personas que cursen una gestación menor a 14 semanas que no desean continuar, pueden decidir interrumpir ese embarazo voluntariamente… sólo tienen que solicitarlo en cualquier establecimiento de salud público o privado. Una vez solicitado un aborto , el sistema de salud tiene un plazo de diez días para resolver el pedido”, explicaron en el comunicado.
"Las obras sociales que demoren más de este tiempo la prestación, pueden ser objeto de demandas legales con sus correspondientes resarcimientos económicos”, indicó la Mesa local.
La Justicia, sin embargo, terminó por darle la razón al progenitor. Fue la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería, la que resolvió que la mujer "se abstenga de realizar cualquier práctica que tienda a interrumpir el embarazo hasta tanto la cuestión de fondo sea resuelta”.
La respuesta de la Obra Social Provincia
La OSP emitió un comunicado para explicar que "el afiliado directo de la OSP solicita la interrupción voluntaria del embarazo. Con fecha del 16 de abril de 2021, el mismo titular solicita la baja de su pedido para la práctica médica. Lo mencionado está acreditado documentalmente en el expediente 813-002849/21".
Más tarde, el 20 de abril, la mujer "inicia un nuevo pedido ante esta obra social, que consta en el expediente número 813-002918/21. De acuerdo a la normativa vigente, las instituciones tienen 10 días para expedirse ante un pedido de IVE. Ley N 27.610, Art. 5º-: Derechos en la atención de la salud".
Pero, esta vez "el miércoles 28 de abril, la misma persona que inicio el pedido de IVE solicita mediante una nota la baja de la práctica médica, documentado también el expediente N 813-002918/21".
Entonces, la OSP informó que "cumplió con el plazo establecido como lo indica la Ley N 27.610 y garantizo la práctica médica de sus socios, la misma no se hizo efectiva por solicitud de los particulares".