En el Registro Civil de San Juan estudian pormenorizadamente el primer caso en la provincia y uno de los pocos del país, donde una persona pide que en su DNI y partida de nacimiento figure sexo “no binario”, es decir, ni masculino ni femenino. Se basa en la Ley de Identidad de Género (26743) que fue sancionada en mayo de 2012 por el Congreso de la Nación, que contempla el derecho de las personas a identificarse genéricamente de acuerdo a su modo de autopercibirse.
Inédito en San Juan: pidió en el Registro Civil no ser hombre ni mujer
La solicitud local se presentó con patrocinio legal –aunque no hace falta- el jueves de la semana pasada y ahora está en la oficina de Asesoría Legal de la Dirección Provincial de Registro Civil, donde esperan expedirse en no más de dos semanas, según confirmaron fuentes del organismo estatal.
Aunque desde el Registro Civil no informaron sobre la identidad actual de la persona, se conoció de fuentes calificadas que se trata de un joven de nombre Matías, quién quiere llamarse Mathías Gael. Formalmente, este joven de 19 años pidió que se consignara sexo “no binario” en el campo correspondiente de la partida de nacimiento, así también solicitó el cambio de nombre y ambas modificaciones en el DNI.
Desde el Registro Civil dijeron que el expediente está a dictaminarse, expresaron que el organismo está totalmente a favor de la ampliación de derechos de la comunidad pero que no es un pedido sencillo de resolver, ya que hay que armonizar la legislación vigente y ser muy prudentes.
“La ley es muy simple y permite definir la identidad de género como vivencia interna, no se necesita cambio de imagen, solo la simple manifestación de la autopercepción”, analizó una fuente del Registro Civil.
La tercera posición
La Ley de Identidad de Género (26743) llegó en mayo de 2012 para llenar huecos sociales, culturales y simbólicos sobre género e identidad y como un intento de garantizar los derechos a la salud y el respeto para gente que históricamente sufrió estigmatización, vulneración y hasta criminalización.
En su articulado inicial la norma explicita el derecho a la identidad de género que todas las personas tienen y la define como “la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo“.
El problema es que hay una gran incongruencia a subsanar y es que la Ley de Identidad de Género no habla de casilleros biológicos pero los diferentes registros de las personas en Argentina sí.
¿Qué es ser no binario? “Las personas no binarias no se identifican con los géneros tradicionales masculino o femenino, sino con un género o varios que le satisfagan de una lista variada. Las personas no binarias pueden o no percibirse a sí mismas como un individuo perteneciente parcial o totalmente a un género, sino que presentan un tipo de inconformidad que les permite atribuirse características especiales de determinados géneros para satisfacer su deseo de identidad. En el caso de que se perciba a sí misma como masculino y femenino, existe una identidad bigénero; si se percibe como una mezcla entre masculino y femenino, y/u otros, entonces existe una identidad pangénero; si se percibe como un género distinto al género masculino, al femenino o al nulo, entonces se percibe como agénero o género neutro”, definen Joan Nestle, Clare Howell y Riki Anne Wilchins en su libro “Gender Queer: voices from beyond the sexual binary”, publicado en 2012.
En este complejo marco deberá tomar su decisión el staff del Registro Civil Provincial que está a cargo de Mario Parra. La decisión la tiene el equipo legal de la repartición local pero puede y debe ser revisada por Nación, que expide el DNI, y es una posibilidad que resuelva de manera diferente. Es decir, que en San Juan lo aprueben y en Nación lo rechacen. San Juan debe mandar el informe con la resolución sobre el pedido debidamente fundamentado, dijeron las fuentes. Por su parte, siempre el peticionante tiene la opción legal para conseguir el cambio si no lo habilita la repartición estatal.
Pocos antecedentes
El de San Juan es el tercer caso de este tipo que se da en el país, al menos en los que se conocieron públicamente. Estos otros casos, todos recientes, son jurisprudencia que se resolvieron variadamente.
En Mendoza, por primera vez en todo el mundo, dos personas lograron sin mediación judicial que el Estado cambiara sus documentos. Fue en noviembre de 2008 cuando consiguieron que en el apartado de sexo figure una línea, lo que se interpreta como indefinido, tanto en sus partidas de nacimiento como en los DNI.
Si bien la ley de Identidad de Género lleva casi una década vigente, todavía hay muchas barreras, desde administrativas a sociales, por atravesar. Una iniciativa que va en camino de la apertura tras la sanción de la norma fue la del Instituto Nacional de la Música (Inamu) que aplicó un cambio que vuelve a la institución pionera en la materia. Su Registro Único de Músicxs tiene tres casilleros: Femenino / Masculino / Autopercibido.