Dar a luz fuera de un hospital público o un sanatorio puede ser dificultoso que llega a poner en riesgo la salud tanto del recién nacido como el de la parturienta. Ante esta situación existe un protocolo aprobado por la Organización Mundial de la Salud en el año 1986, bajo resolución Nº 670/19 de la Secretaria de Gobierno de Salud, denominado Condiciones Obstétricas y Neonatales Esenciales (CONes) en el cual está garantizado en aquellos nosocomio para garantizar un parto seguro.
El protocolo CONes es una serie de requisitos que deben cumplir hospitales y sanatorios como es la disponibilidad quirúrgica y procedimientos obstétricos, disponibilidad anestésica, transfusión de sangre segura, tratamientos médicos maternos, asistencia neonatal inmediata, evaluación del riesgo materno y neonatal y transporte oportuno al nivel de referencia.
En el caso que el parto se realiza en un domicilio, el cuerpo médico debe dejar al bebé internado durante una semana en observación con el objetivo de estudiar la evolución del lactante y en el cual el neonatólogo (profesional de la salud a cargo de llevar los estudios) debe medirlo, pesarlo y revisarlo Además, el profesional debe aplicarle las vacunas antitetánica (en caso que no se haya esterilizado el instrumento para cortar el cordón umbilical), la BCG (Bacillus Calmette-Guerin), vitaminas K y colocarles gotas oftálmicas. Al culminar con la observación de siete días, el bebé está en condiciones de ser dado de alta y entregarle el certificado de nacido vivo.
En caso que los padres se nieguen a dejar al recién nacido en observación y solamente pide que le otorguen el certificado de nacido vivo, el médico tiene que sospechar si fue robado o entregado por otra persona que haya dado a luz. Ante esta situación, el profesional debe pedirle los datos a ambos padres y comunicarse con el juzgado de instrucción poniéndolo al tanto de la situación para que él juez a cargo tome la decisión de proceder a una investigación o no del hecho.