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jueves 2 de abril de 2026

Sin atención

Una clínica sanjuanina le pidió a la Justicia que traumatólogos reintegren el servicio

El recurso de amparo que se solicitó fue tras la suspensión del servicio médico de traumatología. Además requirió la intervención de la Defensoría del Pueblo. Fue por ello que un juez ordenó que la prestación se reestableciera.
Por Luz Ochoa

Apoderados legales de la Clínica Santa Clara presentaron un recurso de amparo ante la Justicia para que la asociación que nuclea a los traumatólogos sanjuaninos reactive el servicio médico de sus profesionales, que quedó suspendido por decisión de sus autoridades. Es por eso que el juez que tomó conocimiento de la causa, ordenó que la prestación se reestableciera de inmediato.

En la presentación legal, la clínica sanjuanina que permaneció por un tiempo sin profesionales de esa especialidad manifestó que pretendía "evitar que se menoscabe un derecho o garantía reconocidos por la Constitución". Por tal motivo, instó a la Asociación de Ortopedia y Traumatología de San Juan a ponerle fin a su determinación en un plazo de no menos de 5 días hábiles. Fue así que, tras la decisión de la Justicia Civil, los médicos regresaron a la actividad.

"Teniendo presente que a tenor de la documentación presentada y las manifestaciones vertidas, ante la urgencia de la situación denunciada y, a fin de no dejar sin el respectivo servicio a los pacientes que se encuentren internados o que ingresaran a la institución... dispongo la medida cautelar", expresó la documentación presentada en sede judicial.

Además, en el pedido de la medida cautelar se indicó: "A efectos de que la accionada y los profesionales traumatólogos y ortopedistas afectados al servicio en la institución accionante que correspondan, se abstengan de continuar con la medida de corte de servicios de la especialidad, debiendo reestablecerse en forma inmediata el mismo hasta tanto se defina la situación contractual entre las partes o se resuelva el amparo".

La misma continuó con el pedido de intervención de la Defensoría del Pueblo, como así también con establecer los perjuicios que se pueden producir a partir de la decisión de la asociación de traumatólogos locales. "A los fines de responder por los daños y perjuicios que pudiere irrogarse a los cautelados para el caso que la medida hubiera sido pedida sin derecho, rinda el amparista interesado caución juratoria por ante la Oficina Judicial N° 2", culminó.

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