Un nuevo fallo con perspectiva de infancia cobró notoriedad en la Justicia de Menores de San Juan. El juez Jorge Toro acaba de fallar en un caso en el que la tenencia de un chico quedó en disputa entre el padre y la pareja de la mamá del menor, dándosela a este último. La compleja situación se dio porque la madre del chico debe irse del país por un tiempo, debido a cuestiones laborales en Estados Unidos. El juez Toro decidió, escuchando qué quería el hijo, que se quede con el padrastro, sentando un precedente judicial en la provincia.
Un juez dio la tenencia de un niño sanjuanino a la pareja de la madre y no al padre
"Este fallo tiene la novedad de que está por un lado la mamá que ha formado pareja y el niño tiene muy buen vínculo con la pareja de la mamá, él tiene una rutina en la cual la participación de la pareja de la mamá es muy importante en el orden y realización de sus actividades, tiene mucha colaboración esta mamá de su pareja. Y el niño también tiene muy buen vínculo con el papá. El papá es una persona presente que también quiere participar de las actividades de su hijo y es un proceso que tiene mucho tiempo. Más allá de la diferencia de los padres que se han visto en el expediente, uno puede inferir el buen vínculo del niño con ambos progenitores como así también la preocupación de los padres por acompañar el proceso de crianza. Lo escuchamos al niño con acompañamiento del asesor y el niño fue muy claro: él quiere mantener su rutina, su actividad. Su centro de vida está dividido entre la casa de la mamá y su pareja y la casa del padre. El padre planteó que él es su padre, que no le parecía correcto que el tiempo que no estuviese la madre el niño continuara viviendo con la pareja de la madre. Nosotros entendimos que podíamos respetar el deseo, ese deseo no lo pone en riesgo, todo lo contrario, es mantener su rutina, sin dejar de valorar el compromiso y la presencia del padre en la crianza. Eso hemos resuelto. Que la actividad o centro de vida del niño no se vea modificado ya que la pareja de la madre puede garantizar que el chico mantenga su actividad", resumió el magistrado, en diálogo con Tiempo de San Juan.
Por otro lado, destacó que "además de ello, desde que fue consagrado el principio de autonomía progresiva con el nuevo Código Civil sentimos que estaríamos ante un fallo prácticamente nulo si no pudiese ser escuchada su voz. El juez tiene la obligación de escucharlo y apartarse de lo que él quiere de manera fundada. Si no lo tuviese en cuenta sin dudas estaríamos ante un fallo con vicios probablemente de arbitrariedad".
Este caso es el segundo que se conoce este mes con perspectiva de infancia en la Justicia local. A principios de mayo se supo de un criterio similar aplicado por la jueza de Menores Marianela Vega, en una causa sobre la guarda de cuatro hermanos, tres niños y una niña.