La Cámara de Diputados de San Juan ya analiza un nuevo proyecto de ley impulsado por el interbloque oficialista Cambia San Juan, el cual busca que la provincia se adhiera a la Ley Nacional N° 27.732. Esta iniciativa del orreguismo busca establecer un programa provincial de prevención, diagnóstico y tratamiento integral de la pubertad precoz. El texto, que lleva la firma de diversos legisladores como María Rita Lascano, Juan de la Cruz Córdoba y Enzo Cornejo, entre otros, ya tomó estado parlamentario y quedó para su estudio en las comisiones correspondientes.
Pubertad precoz: el plan en San Juan para que las obras sociales cubran los tratamientos
El interbloque del orreguismo presentó en la Legislatura de San Juan un proyecto para adherir a la normativa nacional que garantiza diagnóstico, tratamiento y cobertura médica obligatoria para niños y niñas. De qué se trata.
La pubertad precoz es definida en los fundamentos del proyecto como una condición médica que se manifiesta a través de la aparición temprana de caracteres sexuales secundarios. Este fenómeno no es solo un cambio físico adelantado, sino que conlleva un impacto potencial en la salud física, el desarrollo emocional y la calidad de vida general de los niños, niñas y adolescentes que lo atraviesan.
El objetivo de la ley es brindar herramientas para que esta condición no interfiera negativamente en el crecimiento natural de los menores.
El proyecto sostiene que la detección oportuna y un tratamiento adecuado son pilares fundamentales para evitar consecuencias irreversibles en la salud. Entre los argumentos principales, se destaca la necesidad de prevenir la baja talla en la edad adulta, así como mitigar las alteraciones hormonales y los efectos psicosociales adversos que pueden surgir cuando el cuerpo de un niño cambia antes de tiempo. Además, la propuesta busca que el abordaje sea integral, lo que significa que no se limita exclusivamente a la atención médica, sino que incluye la capacitación constante de los equipos de salud y la concientización de la sociedad en su conjunto.
Otro punto central de la propuesta es la equidad en el acceso. El programa pretende fortalecer las políticas sanitarias locales incorporando herramientas específicas para que los sectores más vulnerables, que suelen enfrentar mayores barreras para llegar al sistema de salud, no sufran retrasos en el diagnóstico. Además, se promueve una articulación entre distintos niveles de atención, garantizando que los pacientes reciban un seguimiento interdisciplinario que combine pediatría, endocrinología, psicología y trabajo social.
La importancia de la cobertura médica
La diputada Lascano, autora de la iniciativa, resaltó en diálogo con TIEMPO DE SAN JUAN que la necesidad de esta ley surgió del contacto directo con la gente y la detección de situaciones particulares en el ámbito de la salud. Sobre la relevancia de la adhesión, la legisladora explicó que el marco legal es clave para el compromiso de los prestadores de salud: “La adhesión de esta ley resulta importante porque obliga a las obras sociales a cubrir los tratamientos, que en algunos casos suelen ser específicos y tienen que tener un abordaje especial, porque se trata de niños que están comenzando a atravesar procesos propios de la pubertad o de la adolescencia”, destacó.
Actualmente, el proyecto de ley que ingresó el jueves pasado fue derivado para su análisis pormenorizado a dos áreas clave de la Cámara de Diputados. Se encuentra en estudio en las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, y en la de Salud y Discapacidad. Allí, los legisladores evaluarán los detalles técnicos de la adhesión antes de que la iniciativa pueda bajar al recinto para su votación definitiva, buscando consolidar una política de salud inclusiva y basada en evidencia científica para San Juan.
Sobre la ley nacional
La Ley Nacional N° 27.732 de Argentina crea el Programa Nacional de Pubertad Precoz (PPP). Fue sancionada por el Congreso de la Nación el 28 de septiembre de 2023 y publicada oficialmente el 12 de octubre de ese mismo año.Puntos clave de la normativaObjetivo principal: Garantizar el acceso universal y gratuito a la detección, diagnóstico y tratamiento integral de la pubertad precoz (PP) en niñas y niños de todo el territorio nacional.
El Ministerio de Salud de la Nación es el organismo encargado de coordinar y ejecutar el programa. El Poder Ejecutivo nacional tiene la obligación de asignar partidas presupuestarias específicas para asegurar su cobertura médica integral. El texto invita formalmente a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la norma para federalizar el beneficio.
San Juan no es la única que todavía no adhirió a este marco nacional. El escenario general muestra la falta de un número masivo de adhesiones y las demoras en la aplicación en el interior del país. Según medios nacionales, se deben a un factor clave: la red de familias Pubertad Precoz Argentina sigue reclamando activamente al Poder Ejecutivo Nacional la reglamentación definitiva de la Ley 27.732. Al no estar completamente reglamentada a nivel federal, muchas obras sociales provinciales y ministerios de salud locales encuentran "vacíos legales" para demorar la cobertura integral. No obstante, los tratamientos hormonales (análogos de la gonadotrofina) ya cuentan con una base de obligación de cobertura al 100% en todo el país mediante la Resolución 3437/2021 del Ministerio de Salud de la Nación dentro del Programa Médico Obligatorio (PMO).