Después de dos años de debate, el proyecto del nuevo Código Procesal Penal está listo. El gobernador Sergio Uñac lo presentará durante la semana y lo enviará a la Cámara de Diputados para que las comisiones empiecen a estudiarlo. La intención es que salga lo más pronto posible pero no sin antes haber pasado por el tamiz del análisis pormenorizado. Si los tiempos se cumplen, en el primer semestre del 2019 entrará en vigencia por zonas, tal como fue con flagrancia.
Una comisión integrada por representantes del Ministerio de Gobierno, del Poder Judicial y del Ministerio Público estuvo a lo largo de dos años avanzando en la creación del nuevo Código, que tiene como premisa fundamental cambiar el paradigma actual: se pasa de un sistema inquisitorio a uno acusatorio, dándole más dinamismo a la Justicia.
“Una vez que se sancione y se apruebe, no significa que el Código se vaya a poner en vigencia inmediatamente, se tienen que poner a estudiar los abogados, los jueces, hay que comunicar, habrá que hacer charlas, jornadas”, adelantó el ministro de Gobierno, Emilio Baistrocchi.
Los últimos detalles que se están revisando fue determinar si la ley de flagrancia va a quedar separada del Código o va a subsumirse; si la ley de juicio por jurado va a ir en la misma ley o por separado y si el narcomenudeo se incluirá. No son cambios de contenido, sino de formato.
La aplicación del nuevo Código dependerá con cuanta infraestructura se cuente hasta el momento. Se usarán los mismos recursos humanos que hay actualmente pero si sanciona el narcomenudeo, si se deberán nombrar más jueces.
Cuáles son los cambios que se aplicarán
-Sistema de juicio por jurados: ya está funcionando en diferentes provincias argentinas y agregó que ha dado muy buenos resultados. Igualmente, aclaró que no se trata de una idea innovadora sino que ya el mismo Domingo Faustino Sarmiento habló de la necesidad de contar con jurados. Los jurados serán personas mayores de edad, sin antecedentes penales y que no tengan una animosidad o problema con la persona que está por ser juzgada.
El Poder Judicial armará grupos de 48 postulantes y de allí quedarán seleccionados 12 ciudadanos y un grupo de suplentes. La persona que sea designada como jurado podrá negarse a serlo, siempre y cuando justifique y demuestre si tiene problemas de índole personal o laboral que le impidan ir a las audiencias. Todas las personas que sean designadas como jurados deberán tener la primaria completa, aunque no se le exigirá ningún tipo de formación extra. Los abogados o funcionarios judiciales no podrán ser jurado. Además estará prohibido que sean jurados los funcionarios de los tres poderes del Estado.
-Papel protagónico de los fiscales: coordinarán las labores de investigación con la policía. Hasta ahora este trabajo lo hacía el mismo juez, todo esto cambiará y será el fiscal el que debe llevar adelante la investigación.
-Oralidad: todo será de manera oral, expeditiva y de manera permanente. Uno de los cambios será que no habrá secreto de sumario porque las causas se instruirán de manera ágil y sin un sumario largo y burocrático. Esto traerá aparejado un cambio en la concepción del tipo de edificio que se necesitará para el fuero penal.