Tras encarnar una insólita pelea callejera, el policía y el delivery zafaron de la condena

Los sujetos que habían quedado detenidos y luego fueron imputados por el delito de amenazas agravadas terminaron siendo sobreseídos, por pedido de la fiscalía.  

Jueves, 11 de junio de 2026 a las 17:40

A nueve meses del escandaloso episodio que enfrentó a un policía sanjuanino y a un repartidor de Pedidos Ya en plena vía pública, la Justicia resolvió cerrar definitivamente la causa. El fiscal de la UFI Genérica, Alejandro Mattar, solicitó el sobreseimiento de ambos imputados al concluir que, pese a que actuaron con un "cierto grado de irresponsabilidad" y de una manera alejada de las conductas esperables en una sociedad civilizada, ninguno cometió un delito penal.

La resolución benefició al sargento Marcelo Andrés Nievas, representado por la abogada Ivana Salas, y a Matías Maximiliano Tobares, defendido por la defensora oficial Sandra Leveque. El planteo fiscal fue posteriormente admitido por la jueza de Garantías Flavia Allende, quien dispuso el cierre definitivo del expediente.

La pelea callejera generó una fuerte repercusión en septiembre de 2025 por una secuencia que parecía sacada de una película. Todo ocurrió en la intersección de calle Scalabrini Ortiz y el lateral de Circunvalación, en Capital, cuando una discusión de tránsito derivó en una confrontación que terminó con un cuchillo exhibido, un disparo de arma de fuego y ambos protagonistas detenidos.

Según la investigación, el conflicto comenzó por una maniobra vial entre el Citroën que conducía Nievas y la motocicleta de Tobares. Tras detenerse, ambos descendieron de sus vehículos y comenzaron a intercambiar insultos.

De acuerdo con la reconstrucción realizada por Fiscalía, Nievas avanzó hacia el delivery para increparlo y fue entonces cuando Tobares extrajo de su mochila un cuchillo sin punta de 38 centímetros que utilizaba para cortar pizzas. Ante esa situación, el policía regresó a su vehículo, tomó su pistola reglamentaria Bersa calibre 9 milímetros, se identificó como efectivo policial y efectuó un disparo hacia un cantero. Después redujo al motociclista hasta la llegada de otros uniformados.

En aquel momento, ambos fueron detenidos e imputados por amenazas agravadas, mientras que sobre el policía también pesaba una investigación por abuso de armas. Incluso permanecieron privados de la libertad durante 48 horas antes de recuperar la libertad y quedar sometidos al proceso.

Sin embargo, tras meses de investigación, Mattar concluyó que las conductas analizadas no encuadraban en ninguna figura penal.

Respecto del cuchillo exhibido por Tobares, el fiscal sostuvo que no existió una amenaza delictiva propiamente dicha. Consideró que el repartidor actuó con una finalidad defensiva y disuasoria ante la percepción de que podía ser agredido por Nievas. En otras palabras, entendió que la exhibición del arma blanca funcionó como un mecanismo para frenar el avance del otro involucrado y no como una acción destinada a infundir temor de manera ilícita.

La misma lógica aplicó para analizar la conducta del policía. Mattar destacó que Nievas estaba legalmente autorizado a portar el arma por su condición de efectivo policial y que la prueba reunida permitió determinar que el disparo fue efectuado contra un cantero y no contra una persona.

Además, remarcó que el delito de abuso de armas exige que el disparo sea dirigido hacia una persona, circunstancia que no se verificó en este caso. Según el dictamen, la detonación tuvo una finalidad intimidatoria para lograr el desarme de Tobares y se produjo en un sector donde no existió riesgo concreto para la integridad física del repartidor ni de terceros.

En su presentación, el fiscal fue crítico con el comportamiento de ambos protagonistas. Señaló que actuaron con "cierto grado de irresponsabilidad" y que sus reacciones estuvieron lejos de las pautas de convivencia propias de una sociedad civilizada. No obstante, aclaró que esas conductas reprochables desde el punto de vista social no alcanzaban para configurar delitos penales.

Mattar también argumentó que no existían nuevas medidas probatorias capaces de modificar las conclusiones alcanzadas y que prolongar innecesariamente el proceso afectaría principios constitucionales como la presunción de inocencia y el derecho a obtener una resolución en un plazo razonable.

Con esos fundamentos, solicitó el sobreseimiento total y definitivo de Nievas y Tobares por inexistencia de delito, criterio que fue receptado por la jueza Allende, quien dio por concluida una causa que durante meses tuvo como protagonistas a un policía de franco y a un delivery enfrentados en una escena que, por su nivel de tensión y exposición pública, llegó a ser comparada con una secuencia de "Relatos Salvajes".