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viernes 22 de mayo de 2026

Grooming

Condenaron a un comerciante sanjuanino que se hizo pasar por mujer para pedirle fotos a menores

El imputado recibió una pena condicional en un juicio abreviado. Un dato no menor, es que este hombre tiene procesos abiertos en la justicia, uno por corrupción de menores y otra por abuso sexual. Deberá someterse a un tratamiento psicológico.

Por Redacción Tiempo de San Juan

En un juicio abreviado, la Justicia sanjuanina condenó a Guillermo Correa Aciar, un comerciante independiente de 54 años oriundo del barrio Los Pinos, de Chimbas, tras comprobarse que utilizaba perfiles falsos de redes sociales para captar y exigir material de índole sexual a adolescentes.

El imputado, quien se dedica a la venta de artículos de electromedicina en el interior de la provincia, acordó la pena de 2 años de prisión de ejecución condicional. Sin embargo, la situación procesal de Correa Aciar es compleja: arrastra causas abiertas en el Primer Juzgado de Instrucción por dos hechos de corrupción de menores y otra denuncia por abuso sexual.

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Abogado defensor César Jofré. A la derecha, el fiscal Duilio Ejarque y la ayudante fiscal Gabriela Blanco.

La modalidad del engaño: "Vanesa" y "Andrea Tello"

Según la investigación liderada por el Ministerio Público Fiscal, el acusado implementó una metodología de engaño virtual -conocida técnicamente como grooming- para vulnerar la intimidad de dos varones de 16 años. Para ello, creó y administró los perfiles falsos de "Vanesa Tello" y "Andrea Tello", plataformas desde las cuales contactó a las víctimas a través de Instagram y Facebook.

Las evidencias recolectadas y presentadas por la fiscalía expusieron el tenor de los diálogos. En uno de los casos, Correa Aciar iniciaba la conversación con un "¿Cómo estás, bebé?". Al responderle el adolescente que se disponía a ducharse, el acusado replicaba desde el perfil falso: "¿Puedo ver? Pasame vos, bebé. Quiero verte entero". En el segundo hecho, bajo la identidad de Vanesa Tello, el imputado le exigió directamente al otro menor que le enviara una fotografía de su miembro de manera explícita.

Estas conductas se encuentran tipificadas en el artículo 131 del Código Penal Argentino, el cual sanciona el delito de grooming. La normativa establece penas que van de los 6 meses a los 4 años de prisión para quien, por medio de comunicaciones electrónicas o tecnológicos, contacte a un menor de edad con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual, entendiéndose la presunción de daño hacia la víctima por el solo hecho del abordaje.

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Juez de Garantías Roberto Montilla.

El Ministerio Público Fiscal de UFI Delitos Informáticos y Estafas estuvo representado por el fiscal Duilio Ejarque y la ayudante fiscal Gabriela Blanco, quienes acreditaron fehacientemente las conductas delictivas mediante las pruebas informáticas recabadas. La defensa del imputado estuvo a cargo del abogado César Jofré.

Un momento de tensión se vivió durante la audiencia frente al juez de Garantías, Roberto Montilla. El defensor Jofré solicitó formalmente que se impidiera el registro fotográfico de su cliente por parte de la prensa. No obstante, el magistrado se plantó con firmeza y rechazó de cuajo el pedido de la defensa. Montilla argumentó de forma tajante que las audiencias son públicas y que no se puede limitar el trabajo periodístico ni el registro de la imagen del condenado, salvaguardando -como corresponde por ley- la estricta reserva y prohibición de difundir los nombres o datos que permitan identificar a los menores afectados.

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