Mató al volante: por qué no fue un agravante el hecho de ser policía

Se especulaba que por ser parte de la fuerza, el acusado sufriría las consecuencias en la imputación, sin embargo no ocurrió.
Jueves, 19 de julio de 2018 a las 11:32

Antes de conocer la imputación que le pesaría a Claudio Díaz, el cabo que atropelló y mató a una colega, se especuló bastante sobre los agravantes que tendría la causa de homicidio culposo en su contra. Una de las estimaciones tenía relación con la función de policía que ejercía. Sin embargo, esto no fue tenido en cuenta por el juez Eduardo Agudo, del Primer Juzgado Correccional, al momento de determinar los agravantes. 

Triplemente agravado por exceso de velocidad, consumo de alcohol y fuga, Díaz zafó de un cuarto agravante que complicaría su situación aún más. El hecho de que el acusado sea un integrante de la fuerza de seguridad no fue tenido en cuenta por el magistrado, ya que no se encontraba en horario de trabajo cuando ocurrió el incidente.

Por ese motivo, el incumplimiento de los deberes como funcionario público fue echado por tierra, al igual que el abandono de persona y la omisión de socorro que en un principio se barajaban entre los posibles agravantes que podía enfrentar.

Según explicó su abogado defensor, Juan Carlos González, habría sido un cuarto agravante si en el momento justo del accidente hubiera estado cumpliendo su rol como policía. Por el contrario, el cabo estaba en su día de franco. "El agravante hubiera sido en cumplimiento de sus funciones. También cabría la exoneración por parte de la Policía. Pero lo que hizo fuera de su ámbito laboral", argumentó.