Yanina Latorre brilla, desde hace años, como panelista de Ángel de Brito en LAM, y sus comentarios sobre ricos y famosos se viralizan en las redes sociales, sin embargo, esta vez deberá pagar un alto precio por sus declaraciones.
Yanina Latorre, condenada por la Justicia: qué pena afrontará
En “Socios del espectáculo” contaron todos los detalles sobre el dramático momento que atraviesa la panelista estrella de LAM, Yanina Latorre.
En “Socios del espectáculo”, el ciclo de Rodrigo Lussich y Adrián Pallares, revelaron que la mujer de Diego Latorre fue encontrada “culpable por el delito de injurias vertidas contra la abogada Ana Rosenfeld”.
Además de pagarle un monto económico de 20.000 dólares a la letrada, la panelista deberá hacer público el resultado del proceso judicial en dos medios de comunicación de alcance nacional.
En diálogo con Mariana Brey, Latorre aseguró: “Es un atentado contra la libertad de opinión. Yo simplemente conté las denuncias que habían hecho algunas mujeres en su contra. Voy a apelar”.
Video de “Socios del espectáculo” hablando de la condena que recibió Yanina Latorre:
Es importante recordar que la periodista y la abogada eran muy amigas hasta que, por motivos no demasiado claros, rompieron su relación en el 2022.
Apenas empezó el conflicto, Yanina recordó la “jugarreta” que le hizo Ana en uno de sus cumpleaños: “Fue una desubicada. El día de la fiesta fue a decir que no comía harinas, cosa que es que totalmente mentira, estaría ese día a dieta y me quería arruinar la vida. Fue la cocina, pidió provoleta y Diego, mi marido, le descongeló la provoleta y se la cocinó en un evento de 100 personas. Se puso intensa, molestaba a todas las chicas que trabajan en casa, ella quería comer provoleta y en un evento de 100 personas uno no elige qué comer”.
Qué dice el dictamen judicial contra Yanina Latorre
“Resuelvo condenar a Yanina Arruza -profesionalmente conocida como Yanina Latorre- de las demás condiciones personales obrante en autos como autora responsable del delito de injurias cometido en forma reiterada -dos hechos- a pagar la multa de veinte mil pesos ($20.000) (arts. 45, 55, y 110 del Código Penal)”, expresa el documento de la causa.
Además, la decisión judicial indica: “Firme que sea, disponer la publicación de la parte dispositiva de la sentencia correspondiente y de una breve reseña de hasta 10 renglones a costa de la parte vencida, en los dos primeros medios periodísticos aludidos por la accionante en el alegato, esto es Editorial Perfil y La Nación”.