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lunes 1 de junio de 2026

Justicia

Luz verde a la reforma de la Ley de Glaciares: revocaron el fallo que frenaba los cambios en Santa Cruz

La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia dejó sin efecto la medida cautelar que suspendía la nueva normativa. Hubo duras críticas al juez de primera instancia por basarse en "hipótesis" y no demostrar un peligro ambiental real.

Por Redacción Tiempo de San Juan

La discusión en torno a la Ley de Glaciares sumó un capítulo clave en la Justicia. La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia revocó este lunes la medida cautelar que mantenía suspendida la aplicación de la reforma legal en la provincia de Santa Cruz. De esta manera, las modificaciones impulsadas por el Congreso de la Nación recuperaron su plena vigencia mientras se define la cuestión de fondo. El tribunal de alzada hizo lugar a los planteos de la Procuración del Tesoro de la Nación y anuló el freno que había impuesto el juzgado federal de Río Gallegos, tras una presentación realizada por intendentes y legisladores santacruceños, entre ellos Javier Belloni y Ana María Ianni.

Para los camaristas, la resolución original que frenaba la ley carecía de argumentos sólidos y se apoyó únicamente en escenarios hipotéticos. Señalaron que la sentencia se construyó exclusivamente dentro del campo de lo potencial, advirtiendo que no se demostró de ninguna manera la existencia de un peligro concreto, inminente e irreversible para el medio ambiente. Los magistrados criticaron que el juez de primera instancia ni siquiera detalló cuáles eran las modificaciones introducidas por la Ley 27.804 ni por qué estos cambios significarían un retroceso en la protección ambiental, afirmando que el fallo derribado no superó el test de adecuada fundamentación.

La Cámara fue tajante al explicar que la nueva legislación no habilita automáticamente actividades destructivas ni elimina los controles vigentes. En ese sentido, remarcaron que ninguna actividad que estuviera prohibida previamente pasó a estar permitida por la sanción de la nueva norma. Asimismo, aclararon que cualquier modificación futura en áreas protegidas requerirá de manera obligatoria estudios de impacto ambiental, intervención de organismos científicos, audiencias públicas y control judicial. A esto se suma que gran parte de las zonas en debate ya se encuentran fuertemente blindadas por estar dentro de Parques Nacionales y bajo el amparo de las propias leyes provinciales de Santa Cruz.

Más allá de la cuestión ecológica, el tribunal lanzó un fuerte llamado de atención al magistrado que dictó la cautelar original, acusándolo de graves falencias procesales. Según el fallo, el juez de Río Gallegos omitió aplicar las reglas fundamentales que la Corte Suprema de Justicia de la Nación exige para los procesos colectivos. Por ende, la Cámara ordenó readecuar el trámite de la causa bajo los lineamientos correspondientes, dejando la reforma de la ley totalmente activa en el territorio.

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