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San Juan declaró la emergencia agropecuaria por granizo y peronóspora: ahora esperan a la Nación

Ante los daños registrados por granizo y peronóspera, el gobierno decretó la emergencia agropecuaria para 18 cultivos, en 16 departamentos.

Por Elizabeth Pérez

El Gobierno de Marcelo Orrego declaró la emergencia agropecuaria con fecha retroactiva desde el 1 de abril y hasta el 31 de marzo de 2026, en 16 departamentos de San Juan, debido a los daños ocasionados por el granizo y la peronóspora.

Esta medida fue implementada a través del decreto provincial Nº 0735/25, el cual contempla alivios fiscales provinciales como prórrogas y condonaciones impositivas. Ahora se espera que se produzca la homologación a nivel nacional para acceder a otros beneficios.

Impacto del clima

La temporada productiva 2024/2025 fue muy complicada en San Juan por las inclemencias climáticas, principalmente granizo, que obligaron a los miembros de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria a reunirse el pasado 25 de marzo para evaluar los daños.

  • La Dirección de Contingencias Climáticas y Registro de productores, dependiente de la Secretaria de Agricultura, Ganadería y Agroindustria, informó que se produjeron 10 eventos de granizo con fecha 18, 23 y 30 de diciembre de 2024; luego el 7, 8, 12, 21 y 27 de enero de 2025 y el 8 y 26 de febrero.
  • Como consecuencia de los accidentes climáticos ocurridos en el mes de diciembre de 2024, se recibieron un total de 277 denuncias, alcanzando los departamentos de 9 de julio, Albardón, Angaco, Caucete, Chimbas, Pocito, Rawson, San Martin, Santa Lucia, Sarmiento y Zonda.
  • Luego, en enero de 2025 se produjeron un total de 198 denuncias, alcanzando los departamentos de 25 de Mayo, Albardón, Angaco, Iglesia, Pocito, Rawson, Santa Lucia, Sarmiento y Ullum. En cuanto al granizo ocurrido durante el mes de febrero de 2025, tuvo como resultado 3 denuncias.

En todos estos casos el principal cultivo afectado fue la vid seguido por el cultivo de olivo, siendo Sarmiento el departamento que más daño registró, tanto a nivel de porcentaje como de superficie afectada; seguido por 25 de Mayo.

En relación a la Peronóspora se registró un brote en los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2024, aun observándose síntomas en la actualidad en los cultivos de vid en general.

Ante esta situación la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria Provincial recomendó al Poder Ejecutivo la Declaración del Estado de Emergencia y Desastre Agropecuario a las explotaciones agrícolas afectadas por las contingencias climáticas.

Cultivos y departamentos en emergencia

La declaración de Emergencia y Desastre Agropecuario alcanza en San Juan a las explotaciones de vid, membrillo, alfalfa, almendros, duraznos, granada, nogal manzana, pera, cereza, ciruela, olivo, pistacho, tomate, melón, sandía, cebolla y hortalizas en general, en 16 departamentos. Estos son Angaco, 9 de Julio, Caucete, Chimbas, Sarmiento, Santa Lucia, Pocito, Rivadavia, Rawson, San Martin, Zonda, Iglesia, 25 de mayo, Albardón, Ullum y Jáchal.

Beneficios

Desde el 1 de abril de 2025 hasta el 31 de marzo de 2026 los productores afectados serán eximidos del pago de los tributos provinciales y Canon de Riego, a las explotaciones cuyos daños sean iguales o mayores al 80%.

A su vez, se prorroga el pago de los tributos provinciales y Canon de Riego a los productores que registren daños iguales o mayores al 50% y menores al 80%.

Ratificación nacional

Desde la Asociación de Viñateros Independientes, una de las primeras entidades en pedir la emergencia, celebraron el decreto provincial, pero esperan el ok de Nación para acceder a los beneficios de la Ley 26.509. “Esperamos que este decreto sea convalidado por la Nación en forma urgente para poder acceder a los beneficios nacionales que esta determina”, dijo su titular, Juan José Ramos.

Es que, ante la declaración de Emergencia Agropecuaria o Desastre, el Fondo Nacional para la Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios podrá brindar asistencia financiera especial para productores damnificados, créditos que permitan lograr la continuidad de las explotaciones, la recuperación de las economías de los productores afectados, y el mantenimiento de su personal, con tasas de interés bonificadas entre un 25% y 50%. También prevé la suspensión por hasta 90 días del inicio de juicios y procedimientos administrativos, la asistencia de aportes no reembolsables para gastos de inversión y operación, y la prorroga o eximición del pago de impuestos nacionales.

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