Muchas personas solicitaron el subsidio de $10 mil y desde este lunes, ingresando a la página web de la ANSES, quienes tengan DNI con terminación en 0 y 1 y sepan que la preinscripción resultó positiva, deberán continuar el trámite ingresando con la clave personal al aplicativo “Ingreso Familiar de Emergencia” (https://www.anses.gob.ar/ingreso-familiar-de-emergencia).
¿Cómo saber si aprobaron mi inscripción y cómo es el trámite para cobrar el bono de $10 mil?
Quienes aún no tengan la clave personal, la pueden crear en el momento a través del acceso disponible en https://www.anses.gob.ar/tramite/obtener-clave-de-la-seguridad-social.
Aquellas personas cuyas solicitudes resultaron negativas podrán ingresar también con la clave a la página de la Administración Nacional de la Seguridad Social y allí tendrán las razones por las que no quedaron incluidas en el beneficio.
Para los más de 2 millones de padres que están cobrando la Asignación Universal por Hijo o las mujeres que perciben la Asignación Por Embarazo para Protección Social tienen el beneficio aprobado porque cumplen con los requisitos y los $10 mil serán acreditados en su cuenta, la misma donde cobran AUH o AUE.
Por otro lado, para el resto que aprobó la preinscripción, una vez que ingresó a la cuenta personal, pasará a una segunda etapa de Inscripción, solicitud y validación de datos para completar y/o verificar y cargar datos y una Clave Bancaria Uniforme (CBU) para poder identificar la cuenta bancaria donde se les realizará la transferencia del subsidio.
Entonces, el CBU seráa validado en el mismo momento vía COELSA (Cámara Compensadora Electrónica). Una vez validado, los $ 10.000 se pagarán a esa cuenta a partir de la segunda quincena de abril.
Los que no cuenten con CBU, dispondrán de distintas opciones de pago, como el Sistema de Punto Efectivo de Red Link, el Sistema de pago mediante Correo y el Sistema de billetera virtual.
De igual forma, la ANSES indicó que en los casos en los que en posteriores controles verifiquen la percepción de sumas indebidas por el incumplimiento de los requisitos requeridos por la normativa vigente se procederá al recupero de las mismas, compensándolos automáticamente con cualquier otro beneficio que le corresponda percibir al titular/solicitante, hasta cubrir el total de la deuda.