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viernes 3 de abril de 2026

Iniciativa sanjuanina

Programa Incentivos Fiscales de la Provincia: estos son los detalles para acceder

¿Cuál es el alcance del beneficio según el monto de inversión? Este y otras cuestiones importantes en la nota.
Por Redacción Tiempo de San Juan

La ley que crea el Programa de Incentivos Fiscales a la Inversión Productiva en la Provincia de San Juan fue sancionada hace algunas semanas por la Cámara de Diputados y ya rige con la publicación de la misma en el Boletín Oficial.

La iniciativa busca crear un beneficio expresado en créditos fiscales para empresas que inviertan en la provincia y ayuden a generar empleo y desarrollo en San Juan.

Hasta ahora la única cifra conocida era el monto total que la Provincia destinaría al programa: $1.000 millones en certificados aplicables para cancelación de todos los impuestos provinciales, con vigencia por cinco.

Detalles

El incentivo fiscal será de hasta un 80 % para aquellos proyectos cuyo monto sea inferior al equivalente en pesos de 1 millón de dólares al momento de la presentación.

Para aquellos proyectos que superen el equivalente en pesos de 1 millón de dólares, el incentivo será de hasta un 60 %.

En ambos casos la diferencia restante deberá ser aportada por la empresa para completar el monto total del proyecto.

La ley señala que el programa se implementará a través de Concursos Públicos Independientes de Proyectos destinados: a) Inversores radicados en la Provincia; y b) Inversores nuevos que se instalen en la Provincia.

En estos concursos, y para garantizar la transparencia en la evaluación de los proyectos, se requerirá asesoramiento especializado, para obtener dictámenes evaluatorios de instituciones independientes.

Para la evaluación y aprobación de las propuestas de inversión se constituirá un comité que estará integrado por los siguientes miembros: uno por el Ministerio de Producción y Desarrollo Económico; uno por el Ministerio de Hacienda y Finanzas; uno por el Ministerio de Turismo y Cultura; uno por el Ministerio de Minería; uno por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable; uno por la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación; y uno por la Agencia San

Juan Desarrollo de Inversiones (ASJDI).

El comité y la ASJDI redactarán un reglamento operativo, donde se establecerán las bases y condiciones de los concursos públicos y la forma de evaluación de las propuestas.

En los proyectos presentados se ponderará:

a) el nivel de inversión total;

b) la generación de nuevos puestos de trabajo directos;

c) la inversión que utiliza insumos locales;

d) la capacidad económica y técnica del proponente;

e) y la sustentabilidad técnica, económica y ambiental del proyecto propuesto.

Asimismo, se establecerán los cupos máximos del beneficio fiscal a asignar a cada sector económico.

El artículo 6 de la ley establece que los certificados son de libre disponibilidad y se utilizarán exclusivamente para cancelar obligaciones fiscales provinciales en los porcentajes que establezca la reglamentación. El beneficiario podrá utilizar dichos certificados para compensar sus propias obligaciones fiscales o transferirlos, por única vez, a otros contribuyentes.

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