Uno de los camaristas que concedió la cautelar por la que ordena a una sanjuanina que no se haga momentáneamente un aborto, reconociendo derecho al padre que busca preservar la vida de su hijo, explicó los fundamentos del dictamen que tuvo eco en todo el país este fin de semana.
Los argumentos por los que la Justicia congeló un aborto en San Juan dándole la razón al padre
El magistrado Juan Carlos Pérez -que preside y conforma la Sala III de la Cámara Civil junto a Juan Carlos Noguera Ramos y Sergio Rodríguez- aclaró que esta medida cautelar concedida es para asegurar la acción que se espera que sea planteada en estos días que es la cuestión de fondo.
La Cámara revocó el rechazo que había hecho la jueza de primera instancia Amanda Días al planteo del hombre, porque “no tuvo en cuenta algunas pruebas que están en el expediente y que para ella no había sido acreditado ni siquiera el embarazo ni tampoco la voluntad de la gestante de interrumpirlo, nosotros analizamos la prueba detenidamente y esas circunstancias surgen del informe de la Obra Social Provincia, donde se informa que esta persona había solicitado la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), acreditando debidamente a partir de un profesional la práctica, como afiliada de la obra social”. Pérez dijo, en diálogo con Estación Claridad, que con esta prueba consideraron que había cierto grado de verosimilitud del derecho.
El tribunal también se basó para otorgar la cautelar en que al momento de solicitar este hombre la medida él y la mujer tenían un matrimonio celebrado y en virtud del artículo 402 del Código Civil, que dice que ninguna norma puede ser interpretada ni aplicada en el sentido de limitar, restringir o excluir o suprimir la igualdad de derechos y obligaciones de los integrantes del matrimonio, sea éste constituido por personas de distinto o igual sexo.
“Siempre hemos entendido que las nuevas normas, como la de matrimonio igualitario, reflejan la igualdad de derechos entre ambos contrayentes”, destacó.
El camarista informó que en esta cautelar “no hemos valorado el derecho del niño por nacer, únicamente hemos valorado el derecho del papá. No nos hemos adentrado sobre ese derecho que también fue invocado por el papá, hasta tanto no tengamos conocimiento de la demanda de fondo. Era suficiente en este momento de tomar la decisión con los derechos del padre en base a las normas de las relaciones de familia”.
Pérez dijo que “a la par de dictar la medida cautelar nosotros tratamos de proteger los derechos de la mujer que hasta ahora no ha sido escuchada en este procedimiento cautelar y mucho menos en la cuestión de fondo. Entonces al haberse presentado la cautelar antes de iniciado el procedimiento, intimamos al solicitante a que interpusiera esa demanda en término de tres días a partir del 1 de mayo. Tiene hasta mañana martes para imponer la demanda”.
Tiempos urgentes: qué puede pasar
Por otro lado, el juez dijo que dada la celeridad del caso, ya que la IVE por ley se puede practicar solo hasta la semana 14 de gestación, se aplicó el procedimiento urgente para darle la posibilidad a la gestante de que haga valer sus derechos en base a las normas.
No se conoce bien qué semana de embarazo transita la mujer. El magistrado dijo que en base a la prueba que acompañó el padre en la presentación, al 21 de abril tenía 10 semanas, con lo que estaría en la semana 11 ó 12.
El padre o presunto progenitor puede tener derechos en relación de familia y hasta en lo que se denomina familia monoparental si probara que es el progenitor no siendo casado, tendría derecho por otras normas, analizó Pérez.
El planteo de fondo, es decir el de si corresponde el aborto o no, debe hacerse en primera instancia para garantizar el derecho de doble instancia tanto al solicitante como a la gestante en este caso. El padre tiene hasta mañana para presentarlo.
Por otro lado, la mujer puede apelar ante la misma Cámara la resolución que da lugar a la cautelar mediante un recurso de reposición. Y el tribunal está desde el sábado pendiente por cualquier presentación que hubiera dentro de 5 días desde el 1 de mayo.