Desde hace años la Justicia en San Juan incorpora cambios con la finalidad de agilizar los procesos y lograr resoluciones en corto plazo. En ese marco, durante la última sesión de la actual Cámara de Diputados de San Juan, los legisladores aprobaron dos modificaciones judiciales fundamentales. Por un lado, se trata de artículos en el Código Procesal Civil y, por otro lado, cambios en el Código Procesal Penal.
Incorporación de la oralidad en el fuero civil, de familia y laboral
La legisladora encargada de explicar los cambios fue la diputada Celina Ramella, quien en su alocución explicó que el proyecto propone sustituir los artículos 230 al 253 que tratan sobre los recursos a los que pueden someterse las sentencias dictadas en primera instancia. “Este trabajo de optimización que ha asumido la Corte y lo ha ido promoviendo con importantes reformas pretende lograr un avance cualitativo y una justicia más eficiente”, indicó.
Para comprenderlo de manera más sencilla, la modificación implementa la oralidad en segunda instancia, algo destacado como inédito en el país. Entra en juego también la mediación en esta instancia, alcanzando no solo la parte civil, sino también los fueros laboral y de familia.
“La idea es que sea oral y que en una audiencia del proceso recursivo se dé la posibilidad de proximidad de los letrados, las partes, con el Tribunal que va a resolver. Esta conexión directa del juzgador que recepta directamente mediante un lenguaje oral y gestual llevará un conocimiento real y de esta manera favorece la simplicidad y transparencia del proceso. Lo que es más importante, la conclusión en términos razonables”, puntualizó Ramella.
Al incluir la oralidad en segunda instancia, se brinda garantía del proceso y acceso a la Justicia.
Acuerdo de partes para evitar la prescripción de causas
La diputada Marcela Monti fue la encargada de explicar la modificación al Código Procesal Penal, que busca evitar que las causas que se encuentran en el “viejo sistema judicial” prescriban.
Al respecto, dijo. “En San Juan se implementa de forma progresiva el Sistema Adversarial y actualmente coexisten dos sistemas, el Adversarial y el Mixto. De a poco se van incorporando los diferentes tipos de delitos, coexiste y hay expedientes a resolver. Esta reforma va orientada a ese remanente de expedientes o causas que se tramitan en el sistema mixto. Hay un alto porcentaje de expedientes y lo que se busca es no permitir que prescriban y poder darles una solución. Para graficar o hacerlo más sencillo, explicar cuál es la modificación que se pretende realizar. Se pretende incorporar dos nuevos artículos”.
Es por ello que se aprobó la modificación del artículo 525 BIS, que establece que “En los casos de delitos con contenido patrimonial cometidos sin grave violencia sobre las personas, amenazas y en los delitos de lesiones, salvo cuando éstas resultaren gravísimas o fueren cometidas en un contexto de violencia intrafamiliar o de género, el imputado y la víctima pueden realizar acuerdos conciliatorios o propuestas de reparación integral del perjuicio, hasta la oportunidad prevista en el artículo 450”.
El otro artículo del Código que se modifica es el 525 TER, que indica que “El acuerdo de conciliación o la propuesta de reparación integral se debe presentar ante el tribunal que corresponda, quien da vista del acuerdo o propuesta al Ministerio Público Fiscal. Si no existe oposición fundada de éste, el juez dispone sin más trámite una audiencia para su homologación. La homologación del acuerdo o propuesta extingue la acción penal. La ejecución en caso de incumplimiento se rige por el procedimiento previsto en el Libro IV - Título I de la ley 2415-O”.
De esta manera, se permite el acuerdo entre las partes que están involucradas, pero no en todas las causas que se tramitan en el sistema mixto como aquellas que se encuentran en la Unidad Conclusiva de Causas, sino en aquellas que presentan las características mencionadas en los artículos comentados.
Ambos proyectos fueron aprobados por los miembros de la Cámara de Diputados, representando un cambio fundamental para la celeridad de la Justicia en San Juan.