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jueves 26 de marzo de 2026

Justicia

Ordenan el decomiso de los bienes de Cristina Kirchner y Lázaro Báez, por la Causa Vialidad

El Tribunal Oral Federal 2 fijó una incautación superior a $684 mil millones. La medida incluye propiedades vinculadas a Cristina Kirchner, Lázaro Báez, sus familias y sus entornos societarios.

Por Redacción Tiempo de San Juan

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 (TOF 2) resolvió ordenar el decomiso de los bienes de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner y del empresario Lázaro Báez en el marco de la Causa Vialidad. La decisión, firmada en esta fecha, exige la confiscación de activos a los fines de satisfacer la pena impuesta por los efectos del delito.

El valor dinerario que debe cubrirse, según la resolución, asciende a la suma actualizada de $684.990.350.139,86. Este monto fue revaluado con la intervención de peritos judiciales, del Ministerio Público Fiscal y del Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema.

La medida judicial se dictó luego de que venciera el plazo de 10 días hábiles para que los condenados depositaran el monto solidario determinado por la sentencia de la Causa Vialidad, sin que ninguno cumpliera con el requerimiento. Días antes, el fiscal Diego Luciani había manifestado que el decomiso ya estaba firme y que era necesario "ir por los bienes".

La orden del TOF 2 (integrado por Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso) alcanza a los condenados, a sus familias y a sociedades vinculadas.

El listado de activos afectados incluye:

El tribunal dispuso que, si estos bienes no alcanzan a cubrir la cifra fijada, se procederá al remate de activos de otros condenados en la causa, como Nelson Guillermo Periotti, José Francisco López, Mauricio Collareda, Raúl Gilberto Pavesi y Raúl Osvaldo Daruich.

Los jueces sostuvieron en su escrito que la acción de decomiso se enmarca en la tradición histórica del sistema penal argentino, orientada primordialmente a impedir que el delito comprobado rinda beneficios y a neutralizar los efectos patrimoniales de la conducta ilícita.

Además, el TOF 2 señaló que los bienes decomisados cumplen una "función reparadora del daño social causado", así como también satisfacen la política pública de recuperación de activos de la corrupción. El objetivo central es resarcir el perjuicio ocasionado a la administración pública y a la sociedad.

La sentencia firme demostró que tanto Báez como la familia Kirchner obtuvieron beneficios económicos directos e indirectos mediante la adjudicación irregular de contratos viales. La Fiscalía, a pedido del tribunal, había detallado que el patrimonio cuestionado fue adquirido entre mayo de 2003 y diciembre de 2015, fechas relevantes para la investigación de la maniobra delictiva.

Por su parte, las defensas de Báez, Kirchner y los demás involucrados reclamaron que se anule la confiscación. Alegaron que no existe un vínculo probado entre cada bien y las irregularidades investigadas, cuestionaron la falta de evidencia suficiente y advirtieron sobre una supuesta violación a principios constitucionales. También rechazaron que se incluyeran activos previos al ejercicio de cargos públicos o propiedades que ya habían sido analizadas en otras causas cerradas con sobreseimientos.

Los bienes decomisados serán registrados en la Base General de Datos de Bienes Secuestrados. La Corte Suprema será la entidad encargada de definir su destino final, conforme al reglamento vigente.

La resolución también dejó abierta la posibilidad de incorporar nuevos bienes al decomiso durante la etapa de ejecución, siempre que queden encuadrados en los parámetros fijados por el tribunal.

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