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Estrategia

Los médicos, dentistas y bioquímicos en San Juan buscan, por ley, engrosar su caja de jubilaciones

La Caja MOB es una de las más importantes de la provincia. En la Legislatura de San Juan ya estudian un proyecto que busca incoporar financiamiento de la "comunidad vinculada". De qué se trata la iniciativa y por qué es clave.

Por Miriam Walter

"Hoy, la Caja MOB se sostiene solamente con el aporte de los profesionales activos, por lo tanto necesitamos la contribución de la comunidad vinculada, para poder mejorar el haber jubilatorio de los jubilados. A su vez, se disminuiría el aporte de los activos, que hoy es una situación lineal: se aumenta 10% la jubilación, entonces se debe aumentar 10% los aportes de los activos", explicó el presidente de la Caja de Médicos, Odontólogos y Bioquímicos de San Juan, Mario Penizzotto, sobre un ambicioso proyecto de ley que ya está en trámite en la Legislatura local. La clave está en engrosar las arcas con aportes de la llamada comunidad vinculada, como ya ocurre en otras provincias.

Si se da este cambio, beneficiará a alrededor de 800 jubilados y a unos 2400 activos cuando les toque el retiro. La iniciativa fue presentada en la Cámara de Diputados local por la legisladora justicialista Fernanda Paredes, por pedido de las autoridades de la Caja MOB.

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Los médicos sanjuaninos se agrupan en lo previsional en la Caja MOB.

Los médicos sanjuaninos se agrupan en lo previsional en la Caja MOB.

"Como es lógico y les pasa a todas las cajas, están afrontando complicaciones a la hora de financiarse porque cuentan solo con el aporte de los afiliados. Todo el peso lo soportan los profesionales activos, que son los profesionales médicos, odontólogos, bioquímicos y veterinarios. Ante esto se recurre a un alternativa que ya se utiliza en otras provincias que es la de buscar otras vías de recursos como lo es la comunidad vinculada", afirmó Paredes a TIEMPO DE SAN JUAN.

Se entiende por comunidad vinculada los sectores de la sociedad relacionados con los profesionales en tanto demandan sus servicios profesionales (personas físicas y/o jurídicas y de cualquier naturaleza) y se benefician de modo concreto y cuantificable con el trabajo de los médicos, odontologos y bioquímicos, en este caso. "Podemos decir a modo de ejemplo que abarcaría a empresas de medicina prepaga, cooperativas, obras sociales, coseguros, ART, etcétera", detalló la diputada.

"En razón de esto se funda la carga contributiva. El beneficio que se busca es justamente mejorar las jubilaciones de estos profesionales y todos los otros servicios que brinda la Caja. Los beneficiados son el conjunto de jubilados que pertenecen a esta caja", apuntó la legisladora.

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El proyecto ingresó el mes pasado a la Legislatura y ya tiene estado parlamentario, siendo objeto de estudio dentro de tres comisiones que son de Legislación y Asuntos Constitucionales; Salud y Discapacidad, y Hacienda y Presupuesto.

El PJ tiene mayoría propia en el recinto que le da chances concretas de aprobación.

El médico Penizzotto sostuvo que "el tema de la contribución de la comunidad vinculada, lo venimos estudiando desde hace varios años. En el país existen 80 cajas de profesionales, de las cuales 40 ya tienen la comunidad vinculada. Los que deben contribuir son todos los que se benefician con el trabajo de los profesionales: obras sociales, ART, compañías de seguros, etcétera", indicó.

Qué se busca cambiar

El proyecto de ley busca modificar la Ley N° 447-S, que regula la Caja de Previsión para Profesionales Médicos, Odontólogos y Bioquímicos de la Provincia de San Juan. Esta norma fue creada mediante Ley N° 6.353 (actualmente ley N° 447-S), el 26 de agosto de 1993 , y al igual que muchas otras cajas previsionales.

La obtención de mayores recursos con el aporte a cargo de la comunidad vinculada a los profesionales se considera una herramienta que ayude a la Caja MOB a garantizar la sustentabilidad y suficiencia del sistema que administra.

La idea tiene como eje que si la caja previsional logra obtener más fondos, podrá mejorar las prestaciones que brinda a sus jubilados y pensionados, sin que ello implique recargar más al afiliado en actividad, quien, en la actualidad, es el único que aporta al sistema.

El proyecto sostiene que "la legitimidad de la comunidad vinculada no puede ponerse en duda, porque el sujeto obligado no es ajeno al sistema, sino que es quien ha forjado el concreto vínculo de trabajo, al requerir las prestaciones específicas que los afiliados de la Caja brindan al conjunto de la sociedad. En este sentido, la Coordinadora de Cajas de la Previsión y Seguridad Social para Profesionales de la República Argentina, sostiene que existe un punto de conexión entre 'la relación de trabajo que vincula al empleado con su empleador', y 'las locaciones de servicios que vinculan al profesional con su cliente'. Ese punto de contacto es el beneficio que obtiene el empleador o el comitente a raíz del trabajo o prestación recibida".

Y también la diputada plantea que no existen diferencias entre la "contribución de la comunidad vinculada" y la contribución que efectivamente realiza el empleador al régimen jubilatorio que ampara al empleado en relación de dependencia. Esto, porque en ambos casos existe un sujeto que se beneficia con el trabajo personal de otro. Y es ese, junto al principio de solidaridad social, el fundamento del deber de contribuir al financiamiento del Sistema Previsional para Profesionales, que pesa sobre quienes contratan los servicios de un profesional.

En este marco, la contribución de la comunidad vinculada ha sido caracterizada como una tasa "para-fiscal", cuya imposición a los comitentes se funda en la propia condición de tomadores de servicios, que patentiza la existencia de un vinculo jurídico, que los identifica como concretos beneficiarios del trabajo profesional.

En Argentina hay varios antecedentes de incorporación de la comunidad vinculada, ya que algunas provincias así lo han regulado en diversas cajas de previsión para profesionales. Por ejemplo, la Caja de Previsión y Seguro Médico de la Provincia de Buenos Aires; la Caja de Seguridad Social para Odontólogos de la Provincia de Buenos Aires; la Caja de Previsión y Seguridad Social de Médicos, Bioquímicos, Odontólogos, Farmacéuticos, Veterinarios y Obstetras de la Provincia de Córdoba; y la Caja de Seguridad Social para los Profesionales del Arte de Curar de la Provincia de Santa Fe, entre otros.

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