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domingo 22 de marzo de 2026

Ley Ómnibus

Desde el gatillo fácil, pasando por la protesta social, hasta la reventa de entradas: los puntos más curiosos y polémicos de la ley ómnibus de Milei

La ley ómnibus de Javier Milei tiene puntos para analizar desde lo económico y lo financiero, pero también desde la cotidianeidad más sencilla del hombre común. Repasá algunos.
Por Guido Berrini

La ley ómnibus que envió hoy Javier Milei al Parlamento no tiene precedentes. Avanza en lo económico y financiero mucho más allá de lo que se atrevió Carlos Menem o los sucesivos funcionarios de la dictadura militar. Pero también legisla sobre cuestiones que pueden afectar al día a día del hombre de a pie, con conceptos muy polémicos.

En el artículo 1 Milei avanza sobre las funciones del Parlamento, pidiendo la delegación de funciones propias del Poder Legislativo, sin ningún tipo de matiz o salvedad, como las que impone el artículo 76 de la Constitución Nacional.

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En el artículo 42 limita fuertemente la capacidad de acción política de los funcionarios públicos.

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Una de las decisiones más extrañas que se encuentran en el proyecto es la reventa "ad infinitum" de las entradas de espectáculos deportivos.

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El artículo 194 del proyecto da prácticamente forma de ley al protocolo antipiquete de Patricia Bullrich en lo que tiene que ver con sanciones, endureciendo las penas a la protesta social, contra participantes y organizadores de marchas o manifestaciones que impidan el libre tránsito de cualquier modo.

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El 194 bis precisa sobre quiénes caerían las sanciones.

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Más adelante, define con precisión "reunión o manifestación".

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A continuación, incurre en la paradoja más profunda: si la manifestación es "espontánea", igual hay que avisar con tiempo.

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En el mismo sentido de "mano dura" convierte en pena de prisión efectiva (mínima superior a los 3 años) la resistencia a la autoridad.

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Se le da amplia potestad al uniformado de emplear la fuerza que considere necesaria para enfrentar a un delincuente o agresor, o presunto delincuente o presunto agresor. Desaparece así la figura que hasta ahora conocíamos como "gatillo fácil".

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Con la derogación de la Ley 24.515, desaparece el INADI, creado en 1994 por Carlos Menem luego de los dos atentados contra instituciones judías.

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Cambia el sistema electoral por el de circunscripciones uninominales. Las críticas de los expertos a este sistema es la sobre representación de las mayorías, dejando a las minorías sin representación. Con este sistema los votos de Javier Milei le habrían otorgado el 80% de la Cámara de Diputados. Por otro lado, termina con el "cupo femenino", ya que no dispone cuántas mujeres deben ser titulares o cuántas suplentes, ya que se elige un sólo cargo por circunscripción.

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Se termina la gratuidad en la educación pública para los extranjeros, en flagrante contradicción con el preámbulo de la Constitución Nacional, que dispone "promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino".

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El proyecto termina con el Fondo Nacional de las Artes, creado en 1958. Se trata de un organismo autárquico dependiente del Ministerio de Cultura, cuyo fin es promover y desarrollar la producción de artistas de todo el país financiando su formación y creación de obras.

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Se le impide al jubilado que continúe trabajando por un año más, luego de haber iniciado los trámites jubilatorios.

El artículo 20 de la ley 25.164 que estaba redactado así

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quedaría redactado de esta manera

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