Finalmente, el excortista Juan Carlos Caballero Vidal fue condenado por la Justicia Federal a 2 años de inhabilitación absoluta por no investigar el secuestro y tortura de dos personas en épocas de la dictadura y el fallo sentó un precedente a nivel local, ya que se convirtió en el primer funcionario de más alto cargo judicial en la provincia en ser condenado por crímenes de lesa humanidad.
Si bien en 2018 se transformó en el funcionario de alto rango judicial en el país en ser procesado por crímenes de lesa humanidad, en ese tiempo hasta la fecha hubo sentencias en Mendoza y Córdoba que le impidieron ser la primera autoridad judicial de jerarquía en ser condenada a nivel nacional por delitos de lesa humanidad.
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El Tribunal Oral Federal que lo condenó, presidido por el juez Dofo
Sin embargo, las fuentes consultadas apuntaron que los antecedentes corresponden a jueces y fiscales del fuero federal, por lo que el ex integrante de la Corte sería el primer exjuez provincial en recibir un castigo por un delito de omisión del Artículo 274 del Código Penal, que sostiene que el funcionario público que, faltando a la obligación de su cargo, dejare de promover la persecución y represión de los delincuentes será penado.
El fallo fue dictado por el Tribunal Oral Federal, compuesto por los jueces Daniel Doffo, Eliana Rattá Rivas y María Carolina Pereira, este lunes al mediodía, con presencia del imputado en el recinto judicial.
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Juan Carlos Caballero Vidal, que siguió todas las audiencias vía Zoom, presente en el recinto junto a su abogado Fernando Castro. También acompañado por su hijo Cristóbal Caballero Vidal, hijo del excortista, referente coordinador de la Unidad Asistencia Jurídica.
El fiscal Francisco Maldonado había solicitado la pena de 2 años de inhabilitación para Caballero Vidal tras considerarlo autor penalmente responsable de incumplimiento de la obligación de promover la acción penal en el caso de Cevinelli, en concurso real con encubrimiento por no haber denunciado la comisión de delitos, este último por el caso de Carvajal.
No obstante, el tribunal lo condenó por incumplimiento de sus deberes y le ordenó pagar las costas del proceso. También omitió el pronunciamiento sobre la nulidad planteada y advirtió que el próximo 20 de junio se conocerán los fundamentos del dictamen.
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El origen
El caso tuvo origen en el segundo megajuicio celebrado en la provincia. En ese contexto, dos abogados acusaron a Caballero Vidal de negarse a investigar la muerte de Ángel Carbajal y el secuestro y las torturas que la precedieron. Uno de los testigos, Pedro Bayugar, relató que en 1977 se entrevistó con el -en ese momento- magistrado, cuando era juez de primera instancia. En su condición de abogado de la familia de Civenelli, el abogado se apersonó en el juzgado para informarle a Caballero Vidal que su defendido había aparecido con vida, y que quería denunciar el robo de una motocicleta y otros elementos de valor que habían desaparecido al momento del secuestro de Civenelli. Según Bayugar, el juez manifestó estar al tanto de que iba a ser liberado, y luego puso sobre el escritorio una pistola 9 milímetros para instar al abogado y a la familia de “olvidarse de todo lo sucedido”.
El segundo hecho por el que Caballero Vidal llegó a juicio está relacionado con la muerte del militante Alberto Carvajal, que fue asesinado luego de sufrir torturas en el interior del penal de Chimbas. De acuerdo a la acusación, el ex juez ordenó realizar la autopsia del cuerpo sin profundizar la investigación en los motivos de muerte, para que el hecho aparentara un suicidio. Según el abogado Carlos Bula, Caballero Vidal manifestó que ordenó la realización de la autopsia por pedido del entonces jefe del Regimiento de Infantería de Montaña 22, aunque no prosiguió con la investigación referida a su muerte, cuando, sin embargo, en la autopsia aparecían diversos indicios de que el fallecimiento había sido causado por terceros.