La apelación de la sentencia contra Mario Parisí, el funcionario judicial que fue condenado por violencia de género, finalmente será tratada por un juez que no rechazó su participación. Se trata de Maximiliano Blejman, el juez del Tribunal de Impugnación que analizará el planteo hecho por la defensa, tras la inhibición de 6 magistrados.
"Habemus" juez en la causa contra Mario Parisí, tras el rechazo de 6 magistrados
Luego de una danza de inhibiciones de jueces que se evitaron participar del emblemático caso por razones de amistad, en su mayoría, finalmente el expediente recayó en un magistrado que aceptó hacerse cargo. Quién es y qué planteo deberá analizar.
El trámite judicial llamó la atención, ya que pocas veces se observa que tantos jueces eviten participar de un proceso, como sucedió con el expediente de Parisí en el tribunal superior. Es que la causa fue sorteada y en seis oportunidades los funcionarios se excusaron, en su mayoría, por mantener un vínculo de afecto con el penado.
Primero, le tocó a Renato Roca y declinó su intervención por admitir que lo unía un "sincero afecto personal". Luego, fue el turno de Silvina Rosso de Balanza, quien también eludió la causa en razón de mantener con el sentenciado "una relación de alta estima y afecto personal". Más tarde, el expediente quedó en manos de Eduardo Raed y, otra vez, se excusó por haber mantenido con Parisí "un trato frecuente y cordial", aunque "sin llegar a ser un vínculo de amistad".
En los últimos días, trascendió que Martín Heredia Zaldo había sido el cuarto juez sorteado y, a diferencia del resto, rechazó su participación por los vínculos que tiene con la fiscal que lo investigó en la causa, que es su esposa, Claudia Salica, y con el fiscal que lo acusó en el juicio, que es su amigo, Roberto Ginsberg.
También, la causa quedó para Daniel Guillén y Juan Carlos Caballero Vidal (h). Sin embargo, ambos jueces enunciaron el mismo recurso que el resto para regatear la causa. Guillén, cuyos argumentos trascendieron, indicó que tenía una amistad con Parisí y recordó que trabajaron juntos en la elaboración de el proyecto del Código Procesal Penal que actualmente nos rige.
Todos dieron un paso al costado, respaldados en el artículo 96 del Código Procesal Penal, Ley 1851-O, que que impone a los jueces el deber de provocar su apartamiento cuando existiere alguna de las causales previstas en la normativa procesal, pues se trata de asegurar como dije una conducta imparcial y objetiva de los mismos.
Al cabo de semejante rueda, que da cuenta de lo que la figura de Parisí representa dentro de las estructuras del Poder Judicial, por su extensa trayectoria, la causa recayó en Blejman que, según informaron fuentes judiciales, ya aceptó la tarea que le toca. El magistrado deberá estudiar el recurso de impugnación que presentó el abogado Fernando Castro, quien cuestionó la pena de 1 año y 6 meses de prisión condicional.