Error millonario de Minera Andina del Sol: condenaron al matrimonio, pero ¿dónde están los $110.000.000?

Tras un vuelco clave en la calificación penal por defraudación por engaño, Roberto Dany Sarmiento y su esposa Myriam Muñoz aceptaron una pena de tres años de prisión condicional. La fiscalía demostró que existió un abuso de confianza y una falsa promesa de devolución para desviar los fondos duplicados hacia la cuenta de la mujer.

Martes, 16 de junio de 2026 a las 12:31
Roberto Dany Sarmiento y Myriam Muñoz
Gabriela Blanco y Guillermo Heredia de UFI Delitos Informáticos y Estafas. Al lado la querella Juliana Vizcaino y al fondo Rubén Pontoriero.
Jueza de Garantías Gloria Verónica Chicón
Defensor Omar Quiroga

A más de un año de que el escándalo corporativo y financiero tomara trascendencia pública, la causa penal por el millonario error de transferencia de la empresa Minera Andina del Sol llegó finalmente a su desenlace judicial. En una audiencia celebrada este martes 16 de junio, la jueza de Garantías Gloria Verónica Chicón homologó un acuerdo de juicio abreviado que condena a Roberto Dany Sarmiento y a su esposa, Myriam Muñoz, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional. Sin embargo, detrás del veredicto formal que evita el ingreso de los acusados a la cárcel, persiste una incógnita mayúscula que desvela a los judiciales y a los apoderados de la firma damnificada: el paradero de los casi 110 millones de pesos remanentes.

El caso, que originalmente había sido encuadrado bajo la figura de "apropiación indebida", sufrió un viraje sustancial en las últimas semanas. La fiscalía de la UFI Delitos Informáticos y Estafas, comandada por el fiscal Guillermo Heredia y la ayudante fiscal Gabriela Blanco, junto con la querella representada por la abogada Juliana Vizcaino, modificaron de común acuerdo la imputación penal hacia una figura mucho más gravosa: defraudación por engaño, mediando abuso de confianza, en calidad de coautores para ambos integrantes del matrimonio oriundo de la provincia de San Luis.

La maniobra del engaño

El origen de este millonario entuerto se remonta a fines de 2024, momento en el que Minera Andina del Sol extinguió el vínculo laboral con Sarmiento. Las partes habían pactado legalmente una indemnización de 107.019.000 pesos. El pago se efectuó de manera regular. No obstante, días más tarde, una severa falla administrativa y de sincronización en el sistema informático del departamento de Recursos Humanos de la compañía provocó que se ejecutara, de manera idéntica y automatizada, una segunda transferencia por exactamente el mismo valor monetario a la cuenta del ex empleado.

Al detectar el colosal desfalco involuntario, el personal contable de la minera entabló comunicación telefónica inmediata con el beneficiario para advertirle del error y exigir la inmediata reversión de los fondos. De acuerdo con las constancias que obran en el expediente, Sarmiento desplegó allí su primera conducta engañosa: aseguró formalmente a los directivos que realizaría la transferencia de devolución "de inmediato", apenas arribara a su domicilio particular, aduciendo falazmente que el dinero "todavía no impactaba" en su homebanking.

"Para la fiscalía existió una promesa falsa de devolución. El imputado jamás tuvo la intención de reintegrar el dinero duplicado, y la prueba palmaria de su dolo fue el desvío inmediato de los fondos hacia la cuenta bancaria de su esposa”, expresó Heredia en la audiencia.

Aquella promesa de buena fe resultó ser el ardid idóneo para ganar tiempo. La investigación tecnológica demostró de forma irrefutable que, mientras Sarmiento fingía ante los teléfonos corporativos no haber visualizado la acreditación, procedía de forma simultánea a vaciar su cuenta, transfiriendo la totalidad de los 107.019.000 pesos excedentes a una cuenta bancaria de su esposa, Myriam Muñoz. Consumado el traspaso familiar, el ex trabajador rompió todo canal de contacto, ignorando de manera sistemática llamadas, mensajes de texto, correos electrónicos e intimaciones notariales formales despachadas por la firma.

El proceso penal no estuvo exento de severas disputas formales. En una primera instancia, la jueza de Garantías Gloria Verónica Chicón había interpretado que las actuaciones debían remitirse a los tribunales de San Luis, provincia de residencia del matrimonio investigado. Esta postura fue férreamente apelada por la fiscalía de San Juan y por la querella de la firma afectada. Finalmente, el juez de Impugnación Renato Roca revocó dicha declinatoria y ordenó que la pesquisa continuara en los tribunales sanjuaninos, fijando como criterio que el perjuicio económico directo y la orden de transferencia duplicada se originaron e impactaron en las cuentas radicadas en esta provincia.

Frente al avance inminente de la recolección probatoria y ante la perspectiva de un juicio oral con penas de cumplimiento efectivo, la defensa técnica del matrimonio, liderada por el abogado Omar Quiroga, optó por negociar una salida alternativa mediante el instituto del juicio abreviado. Los imputados aceptaron su culpabilidad penal como coautores del delito de defraudación por engaño.

La pena de tres años de prisión condicional dictada por la magistrada implica que el matrimonio mantendrá su libertad ambulatoria, aunque quedarán estrictamente sometidos a estrictas medidas coercitivas y reglas de conducta. Pese al cierre de la vía penal ordinaria, la persistente pregunta sobre el destino final de la fortuna -que con intereses de mercado supera holgadamente la cifra nominal de la denuncia- sigue abierta en los fueros civiles y de ejecución de la provincia.

Todavía es una incógnita si la querella irá por la vía Civil para pedir el dinero. La querellante expresó que la vía esta abierta pero no confirmó si se seguirá al frente.