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Niño amputado

Un médico, una enfermera y una contadora, a juicio por un bebé quemado en una clínica sanjuanina

La Sala Primera de la Cámara Penal confirmó el procesamiento de los tres imputados por un caso resonante. Recordalo en esta nota.

Por Redacción Tiempo de San Juan


La Sala Primera de la Cámara en lo Penal y Correccional integrada por los jueces Silvia Peña, Juan Carlos Caballero Vidal (h) y Raúl Iglesia, confirmó parcialmente el fallo por el caso del bebé quemado en una clínica en el que están involucrados un médico, una enfermera y una contadora.

El hecho sucedió el 20 de marzo del 2015 en el servicio de quirófano y neonatología de la Clínica Mayor al nacer un bebé, a quien le produjeron quemaduras en sus falanges de la mano derecha que llevó a la pérdida de tres de ellas. Se trata del bebé llamado Liam, hijo de Florencia Guevara, quien denunció el hecho. 

El juez Eduardo Agudo, del Primer Juzgado Correccional, había procesado al médico Mario Gabriel Tripolone por el delito de “Lesiones Gravísimas Culposas”, a la contadora Analía Verónica Fernández por “Encubrimiento”,  y a la enfermera Marisa Natividad Garay por “Lesiones Gravísimas Culposas”.

Tanto Tripolone como Fernández apelaron el procesamiento del juez Agudo, interviniendo la Sala Primera de la Cámara en lo Penal y Correccional. Este tribunal confirmó parcialmente el procesamiento en el caso de Tripolone: hubo un cambio en la calificación legal y pasó de “Lesiones Gravísimas Culposas” por el de “Lesiones Culposas”. En el caso de Garay, el delito de “Lesiones Gravísimas Culposas” quedó firme porque no apeló el fallo dispuesto por el juez Agudo.

En esencia, la figura penal para el médico y la enfermera es la misma: artículo 45 y 94 del Código Penal Argentino en perjuicio de Liam Valentino Guevara. Dice el artículo 94: “Se impondrá prisión de un mes a tres años o multa de mil a quince mil pesos e inhabilitación especial por uno a cuatro años, el que por imprudencia o negligencia, por impericia en su arte o profesión, o por inobservancia de los reglamentos o deberes a su cargo, causare a otro un daño en el cuerpo o en la salud”.

Por su parte, en el caso de la contadora Fernández, el tribunal de la Sala Primera confirmó la figura penal por la que la mujer fue procesada, el delito de Encubrimiento, ya que le rechazó la apelación.

Ahora la causa vuelve al Primer Juzgado Correccional a la espera de que el juez Eduardo Agudo eleve el caso a juicio. 

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