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domingo 22 de marzo de 2026

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Televisores y celulares más baratos desde Tierra del Fuego: eliminan las restricciones fiscales para "bajar costos"

La medida fue publicada a través del Decreto 535/2025 en el Boletín Oficial. El Ejecutivo argumentó que estos obstáculos “afectaban a la industria y una mayor oferta”.

Por Redacción Tiempo de San Juan

En las últimas horas, el Gobierno oficializó la eliminación de las restricciones fiscales que regían sobre las operaciones comerciales realizadas desde Tierra del Fuego hacia el territorio continental mediante envíos directos a consumidores finales. La medida quedó plasmada en el Decreto 535/2025, publicado en el Boletín Oficial, y establece un nuevo criterio para que las ventas realizadas bajo el régimen de servicios postales puerta a puerta sean reconocidas como operaciones de consumo interno. La modificación del tratamiento impositivo sobre el (IVA) y el impuesto a las Ganancias busca "bajar costos y mejorar la competencia".

Al respecto, la normativa argumentó la decisión “con el fin de remover los obstáculos que afectan la competitividad de la industria fueguina y asegurar una mayor oferta de los productos originados en dicha jurisdicción”.

Las restricciones eliminadas imponían condiciones al cómputo del crédito fiscal presunto en IVA y también limitaban deducciones y beneficios en Ganancias, particularmente en operaciones con consumidores finales, empresas vinculadas o intermediarios.

El decreto explicó que dichas limitaciones fiscales “operan como un factor que resta competitividad a los productos fabricados en el Área Aduanera Especial (A.A.E.), afectando la sostenibilidad del polo industrial”.

Asimismo, remarcó que “el actual contexto macroeconómico nacional, signado por la consolidación de un programa de estabilización, la reactivación de la actividad económica y la implementación de políticas de apertura comercial y desregulación, ha modificado sustancialmente las condiciones de competencia para la industria argentina en general y para la radicada en el A.A.E. en particular”.

De ese modo, el Gobierno consideró que “frente a este escenario de desventaja competitiva identificado, a partir de la experiencia recogida y a la luz del análisis del comportamiento del flujo comercial entre el A.A.E. y el Territorio Continental de la Nación (T.C.N.), se considera conveniente optimizar la articulación del régimen industrial, teniendo en cuenta la dinámica actual entre ambas regiones”.

De esta manera, estimó oportuno “adoptar medidas que fortalezcan y dinamicen la actividad de las empresas que han asumido el compromiso de acompañar los objetivos estratégicos de desarrollo planteados en el Decreto N° 727/21”, con la adhesión a la citada norma que prorrogó la vigencia del régimen de promoción industrial hasta el 31 de diciembre de 2038.

Las empresas beneficiarias deberán acreditar que sus productos son originarios del A.A.E., conforme lo establece la Ley 19.640, para aplicar al nuevo tratamiento tributario durante el plazo de vigencia de la promoción.

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