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Cambios

Promulgaron la Ley de Alquileres: ¿cuáles son las novedades?

La semana pasada Diputados sancionó la reforma con los cambios introducidos en el Senado. Los datos más importantes a tener en cuenta.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Este martes, el Congreso comunicó al Poder Ejecutivo las últimas reformas al Código Civil y Comercial de la Nación, entre las cuales se incluyen las modificaciones a la Ley de Alquileres, aprobadas el 10 de octubre. Los cambios, que incluyen contratos por tres años con actualización semestral, fueron publicados en el Boletín Oficial.

La comunicación - que lleva la firma de la titular de la Cámara alta, Cristina Kirchner, y de su par de la Cámara de Diputados, Cecilia Moreau- establece las variantes introducidas a la ley 27.551, respaldadas la semana pasada en la Cámara baja.

Según las variaciones que se aplicarán sobre la norma vigente, los contratos entre propietarios e inquilinos se mantendrán por tres años y tendrán una actualización semestral, en lugar de anual como establecía la actual normativa, a partir de un nuevo índice.

“En los contratos de locación de inmuebles con destino a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único, en moneda nacional, y por períodos mensuales, sobre el cual podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes y por intervalos no inferiores a seis meses”, precisa.

En tanto, el texto detalla que “los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del Coeficiente de Variación Salarial (CVS), publicado por el INDEC y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el Banco Central de la República Argentina”.

La normativa aprobada, además, incorporó un párrafo en el que determinó que “los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo”. También fija que cualquier “publicidad, en cualquier medio o plataforma, que incluya precio de locaciones de inmuebles con destino habitacional debe realizarse en moneda nacional” y elimina la posibilidad de los pagos a inquilinos por adelantado.

En esa línea, la nueva ley propone “elevar y difundir de manera periódica y actualizada información estadística sobre la situación de locaciones con fin habitacional, en la República Argentina, identificando demanda locativa y cantidad de hogares inquilinos, y sobre la demanda habitacional de alquiler social, beneficiarios alcanzados y las medidas adoptadas para su cumplimiento”.

Los cambios a la nueva norma fueron impulsados por 128 votos a favor y 114 en contra. Los diputados del Frente de Todos, dos diputados del Interbloque Federal, uno de Juntos por Río Negro y cuatro de la Izquierda apoyaron los cambios. Del otro lado, los diputados de Javier Milei (La Libertad Avanza), Juntos por el Cambio y algunos legisladores provinciales se opusieron a las modificaciones que el oficialismo había introducido en el Senado. “Primó la ideología ciega sobre la razón. Aprobaron en Diputados las reformas introducidas por el Senado en la Ley de Alquileres. Está reforma disminuirá aún más la oferta de inmuebles de vivienda en alquiler, perjudicando a los inquilinos, propietarios e inmobiliarios. No aporta ninguna solución a la situación actual”, afirmó la semana pasada Enrique Abatti, presidente de la Cámara de Propietarios.

La Cámara baja convalidó de esa forma el texto con los cambios que impuso el kirchnerismo en el Senado. El oficialismo insistió en sostener los contratos trianuales pero con incrementos semestrales y ajustados al índice Casa Propia, basado en el menor indicador entre el promedio de la variación salarial del último año y el promedio de la inflación del mismo período. Es decir que los únicos dos cambios introducidos a la ley del 2020 es que el ajuste se disminuye de un año a seis meses y el índice a tomar no es más el ICL del Banco Central sino el de Casa Propia.

“Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y resultará de aplicación para los ejercicios fiscales 2023 y siguientes”, habían adelantado la semana pasada.

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