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Impacto de la inflación sobre el monotributo: cómo quedaron las nuevas escalas

Después de conocerse porcentaje final de 2024 se fijaron las nuevas cuotas. Los detalles, en la nota.

Por María Morá

Estos resultados no solo tienen un impacto en los presupuestos domésticos, sino que alteran otras variables de la economía, por ejemplo los tributos como el impuesto a las ganancias, tanto para trabajadores activos como para jubilados. En el caso particular del monotributo, este porcentaje modificó el coeficiente de actualización de lo que pagan los contribuyentes según sus categorías.

Luego de conocerse la inflación del último mes de 2024, el parámetro de incremento se ubicó en el 21,13%. Recordemos que se aplica el promedio de subas en los precios desde julio a diciembre. Los nuevos montos de esta escala recaerán sobre más de 3,5 millones de contribuyentes.

De esta manera, los inscriptos en el sistema de monotributo verán modificadas las cuotas mensuales. A modo de muestra de cómo impacta este incremento se puede mencionar que la categoría más baja pasará de los $26.600 a los $32.220. En cuanto a la más alta, el aporte pasará de los $68.000 a los $82.000.

Otro dato que los contribuyentes deben tener presente es la fecha de recategorización. Este plazo se extenderá desde el 5 de febrero hasta agosto de 2025. Tomando en consideración estos montos actualizados, los usuarios deberán determinar si su nivel de facturación se encuadra en la categoría actual o debe reubicarse dentro de la escala.

También es importante recordarles a los monotributistas que, para el vencimiento del 20 enero, se mantendrán los valores actuales.

Las nuevos montos del monotributo por categorías

La inflación del 2,7% determinó el monto de actualización de las escalas del monotributo se aplicarán a partir de febrero y quedaron de la siguiente manera:

  • La categoría “A” incluirá a quienes facturen por un monto de hasta $7.813.530 brutos anuales. La cuota total del impuesto pasará de los $26.600 a los $32.223.
  • La categoría “B” incluirá a quienes facturen por un monto de hasta $11.447.730 brutos anuales. La cuota total del impuesto será de $36.681.
  • La categoría “C” incluirá a quienes facturen por un monto de hasta $16.051.050 brutos anuales. La cuota total del impuesto será de $42.954.
  • La categoría “D” incluirá a quienes facturen por un monto de hasta $16.450.000 brutos anuales. La cuota total del impuesto será de $55.050.
  • La categoría “E” incluirá a quienes facturen por un monto de hasta $23.440.590. La cuota total del impuesto será de $77.951 si el contribuyente se dedica a la venta de bienes y de $70.440 si es prestador de servicios.
  • La categoría “F” incluirá a quienes facturen por un monto de hasta $29.376.450. La cuota total del impuesto será de $98.103 si el contribuyente se dedica a la venta de bienes y de $84.535 si es prestador de servicios.
  • La categoría “G” incluirá a quienes facturen por un monto de hasta $35.130.600. La cuota total del impuesto será de $103.328 si el contribuyente se dedica a la venta de bienes y de $149.845 si es prestador de servicios.
  • La categoría “H” incluirá a quienes facturen por un monto de hasta $53.301.600. La cuota total del impuesto será de $340.081 si el contribuyente se dedica a la venta de bienes y de $206.827 si es prestador de servicios.
  • La categoría “I” incluirá a quienes facturen por un monto de hasta $59.661.450. La cuota total del impuesto será de $627.030 si el contribuyente se dedica a la venta de bienes y de $309.038 si es prestador de servicios.
  • La categoría “J” incluirá a quienes facturen por un monto de hasta $68.322.960. La cuota total del impuesto será de $759.464 si el contribuyente se dedica a la venta de bienes y de $377.873 si es prestador de servicios.
  • La categoría “K” incluirá a quienes facturen por un monto de hasta $82.375.200. La cuota total del impuesto será de $1.050.386 si el contribuyente se dedica a la venta de bienes y de $456.800 si es prestador de servicios.

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