Luego de que Tiempo de San Juan publicara sobre el comunicado de la Fiscalía General que generó polémica, pues "recomendaba" a los fiscales evitar el contacto directo con la prensa y los dirigía a no difundir información sobre sus causas, la resolución interna salió a la luz y lo que más impacto provocó son las posibles sanciones que se advierten a quienes no cumplan con lo establecido.
Con la circular en mano, queda claro que esas "sugerencias" que habían deslizado las fuentes son más bien órdenes de cumplimiento bajo apercibimiento e, incluso, castigos determinados por la conducción del Ministerio Público, a cargo de Guillermo Baigorrí. En caso de no respetar el protocolo estipulado, es decir, si se toma conocimiento de que un fiscal o integrante de una UFI difundió información de un hecho, podrían tomarse medidas como consecuencia.
En ese sentido, se anticipa que las acciones punitivas podrían ser institucionales, administrativas, disciplinarias o hasta judiciales. En otras palabras, un castigo para el que hable con algún medio de comunicación por fuera de los canales oficiales y no autorizados. Algo que generó molestias en algunos sectores del Ministerio Público, pues resultaría un atropello a la autonomía de los propios fiscales, funcionarios del Estado y designados por la Cámara de Diputados.
En uno de los pasajes del comunicado, sostiene que los fiscales deberán "abstenerse de brindar información" y se "desaconseja mantener intercambios personales permanentes con periodistas respecto de causas en trámite", por lo que se entiende que ello representa un acto de censura. Contrario a la Constitución Nacional, que en su artículo 14 protege la libertad de expresión. La afectación, en primer grado, sería contra los agentes del MPF; en segundo lugar, con la prensa, y, por ende, contra la sociedad.
Lo que se busca con tan escandalosa determinación, según la resolución, es canalizar la información de los casos en un único canal y que sea la Oficina de Comunicaciones, contemplada en el Manual de Persecución Penal, la fuente exclusiva de difusión. Incluso, en el documento se habla de información autorizada. Para ello se interpreta que, antes de que el departamento de a conocer una información, la misma deberá ser revisada previamente por la Fiscalía General.
Si bien hubo fuentes consultadas que no les dieron demasiada entidad a las directivas, lo cierto es que en la práctica y en las primeras consultas de este mismo jueves la respuesta de algunos fiscales fue el silencio, en obediencia total a Baigorrí y a su nuevo lineamiento de política criminal. Hay temor de persecución, como primera reacción de lo dispuesto, y por ello se entiende la derivación a la Oficina de Comunicaciones. Ese miedo alcanza niveles impensados, de escuchas telefónicas y demás.
A nivel jurídico, lo que varias fuentes advierten es la contradicción con el propio Sistema Acusatorio, que está regido por el principio de publicidad y de que los procesos sean transparentados y sean conocidos por la sociedad, pues, al fin y al cabo, el fiscal es titular de la acción penal pública, además de dirigir las investigaciones. El fiscal actúa en nombre de la sociedad frente a la posible comisión de delitos. No representa a la víctima ni a la policía, sino al interés general.
Sin una página oficial, por ahora, el único sitio oficial del Ministerio Público es una cuenta de Instagram, en la que suele aparecer Baigorrí con todas sus actividades institucionales y hasta hablando en cámara, como principal interlocutor. Si ello se lleva al terreno de la actualidad y si se quiere publicar la información de algún caso, se presenta el interrogante: ¿habrá que esperar por el posteo de redes sociales?
Punto por punto, la resolución completa