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Violencia digital

Denunciado por editar fotos de sus compañeras y subirlas a un sitio triple x: por qué el 'deepfake' no es delito

El caso fue desestimado por la Justicia Penal y por ello el acusado no recibiría un castigo penal. El juez de Faltas podría multarlo, si lo cree conveniente. Por el momento, hay dos proyectos de ley que buscan que ese tipo de acciones sean consideradas un delito.

Por Luz Ochoa

Un sanjuanino fue denunciado por sus compañeras de la facultad por editar sus fotos y subirlas a una página porno sin su consentimiento, por lo que el hecho representó un escándalo. Sin embargo, la investigación judicial que inició en la UFI CAVIG fue derivada a la Justicia de Faltas y, por tanto, el sospechoso no recibiría un castigo más que una multa, si es que el juez que interviene considera que cometió una irregularidad.

En ese sentido resulta vital entender por qué la acción que supuestamente cometió Mario Pérez, quien negó la autoría de las publicaciones indebidas, no es considerada un delito previsto en los artículos del Código Penal Argentino. Lo que las denunciantes aseveran es que su compañero las convirtió en víctimas del porno 'deepfake', una nueva modalidad de violencia digital.

Las alumnas de las carreras de Arquitectura y Diseño Gráfico dijeron que el sospechoso usó sus fotos de las redes sociales, las trucó de la mano de la Inteligencia Artificial y las situó en un contexto sexual. Algunas aparecían desnudas, mientras que otras se veían teniendo relaciones íntimas. Pese a que se fabricó una simulación realista de un acto sexual con sus caras, el acto que habría sido ejecutado por Pérez no tendría mayores consecuencias.

Es que si bien la tipificación de la 'pornovenganza' se incorporó en la reforma del Código Penal, el porno 'deepfake' no corre con la misma suerte. El primer concepto refiere a la difusión sin consentimiento de imágenes o grabaciones de audio de naturaleza sexual producidas en la intimidad y por eso desde 2019 es considerado como un delito informático. Incluso, la primera persona en ser procesada y condenada por ello fue el tatuador sanjuanino Patricio Pioli.

Hasta el momento, para castigar con el peso de la ley ese tipo de acciones se presentaron proyectos de ley en el Congreso de la Nación, pero ninguno alcanzó fuerza de legislación. En la Cámara de Diputados, el año pasado, organizaciones que bregan por el derecho de las mujeres presentaron proyectos que pretenden incluir al porno 'deepfake' dentro de los delitos vinculados a la sextorsión.

En líneas generales, esos proyectos proponen sanciones que se agravarán cuando los responsables sean exparejas, o si la víctima es una menor de edad, o cuando se la utilizó con fines de lucro. Este último ítem se ajustaría a lo que las estudiantes universitarias de la UNSJ denunciaron.

Otro de los proyectos que se presentaron promueve la incorporación de la violencia digital dentro de la violencia de género. Es por eso que la entonces ministra de las Mujeres, Género y Diversidad, Elízabeth Gómez Alcorta, sostuvo: "La violencia de género en entornos digitales es uno de los grandes temas de esta época de la agenda, pero el Estado viene atrás de las necesidades".

El proyecto denominado "Ley Belén" busca la incorporación al Código Penal Argentino de los delitos de obtención y difusión no consentida de material íntimo y/o de desnudez, de los "porn deep fake" y de la llamada "sextorsión".

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