ver más

sábado 21 de marzo de 2026

Fallo judicial

Dejan en libertad al acusado de violar a una joven en 9 de Julio, que primero fue absuelto y luego condenado a prisión

El Tribunal de Impugnaciones absolvió a Miguel Ángel Cornejo por el beneficio de la duda. El hombre fue absuelto en 2024, pero en abril pasado revocaron ese fallo y lo condenaron a 7 años. Ahora lo volvieron a absolver.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Después de varias idas y vueltas, el caso por la presunta violación de una joven a la salida de un boliche de 9 de Julio en 2023 tuvo un desenlace inesperado. En noviembre del pasado el acusado había sido absuelto, pero en abril último otro tribunal revisó la sentencia y lo mandó al Penal de Chimbas con una condena de 7 años de prisión. Sin embargo, y tal como dice el refrán “no hay dos, sin tres”, la abogada defensora apeló este último dictamen y, en un nuevo fallo conocido esta semana, un Tribunal de Impugnación colegiado resolvió a favor del imputado y le otorgó la libertad.

Esta última resolución judicial fue firmada por los jueces Renato Darío Roca, Juan Carlos Caballero Vidal y Maximiliano Blejman, quienes este jueves 28 de julio resolvieron revocar la condena dictada en abril pasado, absolver a Miguel Ángel Cornejo por el beneficio de la duda y disponer su libertad cuando esta sentencia quede firme.

En el inicio de la causa, Cornejo fue representado por el defensor oficial Dr. César Oro, quien llevó adelante las primeras apelaciones. Pero tras la condena y detención, la defensa pasó a manos de la abogada particular María Filomena Noriega, quien presentó el último recurso de revisión, según fuentes judiciales. Su planteo fue el que prosperó y derivó en la absolución final.

El hombre fue absuelto en noviembre del 2024, pero en abril último revisaron esa resolución judicial y otro tribunal lo condenó a 7 años de prisión.

La causa se había iniciado en 2023, cuando una joven denunció que había sido abusada tras salir del boliche Bunker. Según su relato, luego de ingerir alcohol comenzó a vomitar y perdió el conocimiento en el baño del local. Horas más tarde despertó en la casa de Cornejo, confundida y con dolores físicos, lo que derivó en la denuncia en la UFI CAVIG al día siguiente.

En noviembre de 2024, el juez de garantías Juan Gabriel Meglioli entendió que la prueba reunida no alcanzaba para acreditar el delito y resolvió absolver a Cornejo. Basó su decisión en las imprecisiones del relato de la denunciante y en la falta de certeza sobre si la relación había sido consentida o no.

El fallo absolutorio fue apelado por el fiscal Eduardo Martínez, quien insistió en que el testimonio de la víctima tenía valor probatorio y estaba respaldado por pericias y testigos. En abril de 2025, la jueza de impugnación María Silvina Rosso revocó la absolución y condenó a Cornejo a siete años de prisión efectiva. De inmediato ordenó su detención, y por disposición de la jueza Mabel Moya fue trasladado al Penal de Chimbas.

Fue entonces que el fallo fue apelado por la abogada Noriega y el Tribunal de Impugnaciones analizó la resolución condenatoria. La fiscal Marcela Torres insistió en ratificar el fallo. Por el contrario, los jueces Renato Roca, Maximiliano Blejman y Silvina Rosso de Balanza coincidieron en que las pruebas eran ambiguas e insuficientes, y que no se logró acreditar con certeza que la víctima estuviera imposibilitada de consentir la relación sexual.

“Cuando existe duda razonable sobre la responsabilidad penal, debe aplicarse el principio de in dubio pro reo”, expresaron en su resolución. Con esta decisión, sería inminente la liberación de Cornejo tras haber pasado casi cinco meses detenido en el Penal de Chimbas.

Temas
Seguí leyendo

Dejá tu comentario

Te Puede Interesar

video