Biólogo Marcelo Jordán. Subsecretario de Conservación y Áreas Protegidas
La caza furtiva es un delito en San Juan- Biólogo Marcelo Jordán
La caza furtiva en nuestra provincia continúa siendo una de las problemáticas que más afecta a las poblaciones silvestres, esto provoca, no sola la pérdida de individuos, sino que también afecta el comportamiento de las poblaciones remanentes y repercute sobre las redes tróficas afectando al ecosistema en su conjunto. Por todo esto es que, desde hace un año y medio, la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable de San Juan, decidió ir a fondo con esta problemática y emitir los instrumentos legales correspondientes para que la actividad de caza furtiva sea considerada, definitivamente, como un delito.
En materia legal el Artículo 42 de la Ley Nº 6.911, cuya autoridad de aplicación es la Subsecretaría de Conservación y Áreas Protegidas prohíbe, en el territorio provincial, la caza de animales de la Fauna Silvestre, el hostigamiento, la destrucción de sus hábitats, refugios, nidos, huevos, etc. Del mismo modo que actúa con la apropiación, tenencia y transporte de los productos derivados de los mismos. Pero además, la Ley Nacional Nº 22.421, de la conservación de la fauna, establece que “todos los habitantes de la Nación tienen el deber de proteger la fauna silvestre” y contempla penas que van desde los 2 meses hasta los 3 años de prisión como sanciones ante actividades de caza y captura ilegal de fauna silvestre.
En vista de que los esfuerzos por terminar con la caza furtiva parecían insuficientes, la Secretaría de Ambiente aprobó, en el año 2011, la Resolución Nº 256 que determina las categorías de conservación de las especies de vertebrados que sufren mayor presión de caza, captura y destrucción de hábitat en la provincia de San Juan. De esta manera se logra conceder una protección especial a las especies de la fauna silvestre, proveyendo una herramienta normativa que incluye el agravante de declarar la caza como un “DELITO”.
La resolución 256 también protege a las especies más hostigadas, aumentado su categoría de “Conservación” a “Estado Vulnerable”, como por ejemplo en el caso del guanaco, el chinchillón y la mara. Ante este escenario, a partir de ahora todos aquellos individuos que sean encontrados responsables atentar contra la fauna autóctona deberán enfrentar un proceso penal y ya no contravencional, lo que puede determinar la DETENCIÓN EFECTIVA de los cazadores furtivos en todo el ámbito de la provincia.
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