Un litigio laboral de más de 10 años dejó nuevamente expuesta la fractura de la Suprema Corte de Mendoza: hubo una sorpresa

En un fallo plenario dividido 4 a 3, el máximo tribunal resolvió tras diez años de caos normativo. Sin embargo, el dato de la votación fue la interna y los reproches cruzados que fracturan el cuarto piso de Tribunales.

Viernes, 12 de junio de 2026 a las 16:26

Por corresponsalía de Mendoza



La Suprema Corte de Justicia de Mendoza dictó en los últimos días un fallo que da por finalizada una discusión laboral de extensa data, pero que también sirvió para mostrar nuevamente la fractura que existe dentro del máximo tribunal mendocino. 



Concretamente, la sentencia plenaria culminó con una batalla judicial que se extendió por más de diez años, luego de que se resolviera que a los trabajadores de los call centers que atienden a clientes de telecomunicaciones se les debe aplicar el Convenio Colectivo de Trabajo 781/2020 (Centros de Contacto/Comercio) y no el convenio de los telefónicos (CCT 201/92).



Sin embargo, el dato político y jurídico que vuelve a tensionar los pasillos de los tribunales no es solo el veredicto, sino la forma en que se alcanzó: una votación extremadamente reñida de 4 a 3 que expone la división total que existe en la cabeza del Poder Judicial mendocino.

Fallo histórico

Durante más de una década, los tribunales laborales de la provincia fueron un escenario de un caos normativo. El caso inició luego de que in empleado que atendía los reclamos de la línea corporativa *611 pidiera ser encuadrado como "telefónico". 



Mientras que un juez daba lugar a este requerimiento, su compañero de escritorio daba un fallo que lo catalogaba como empleado de "comercio". 



Esta falta de criterio unificado alimentó una litigiosidad que se extendió a lo largo de los años hasta que llegó al plenario de la Corte.

Una Corte partida en dos 

La balanza se inclinó a favor de las empresas de telecomunicaciones gracias a un bloque de cuatro votos liderado por la ministra Norma Llatser, junto a María Teresa Day, Dalmiro Garay Cueli y el decisivo voto concurrente de Mario Adaro. 



Esta mayoría argumentó que el nuevo convenio sectorial firmado en 2020 dotó a la actividad de una identidad propia, adaptada a la modernización tecnológica y la subcontratación lícita, y que fragmentar los convenios según el cliente de la empresa volvería inviable la actividad de las PyMEs contratistas.



En la otra vereda, resistiendo hasta el último minuto, se plantó un bloque. Los ministros José V. Valerio, Omar Alejandro Palermo y Julio Ramón Gómez unieron sus firmas para votar por la negativa.



Este bloque denunció que el fallo convalida una "estrategia de descuelgue" salarial y un "abuso del derecho" que utiliza la tercerización para recortar costos a costa de los trabajadores. El Dr. Valerio llegó a calificar el convenio mercantil como "nulo por falta de representación orgánica", afirmando que atender reclamos telefónicos es ejecutar el contrato de telecomunicaciones, por lo que la personería específica de los telefónicos jamás debió ser desplazada.

El trasfondo de la grieta: un tribunal dividido

El sorpresivo desenlace de este litigio laboral de más de una década no es un hecho aislado, sino el reflejo de una fractura profunda y expuesta en el cuarto piso de los Tribunales provinciales. Tras la reciente reelección de Dalmiro Garay como presidente de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, las tensiones entre los ministros han alcanzado su punto más álgido, evidenciando dos modelos de entender la conducción judicial.



El malestar ha comenzado a ser exteriorizado por alguno de los miembros, por ejemplo, José Valerio quien criticó el estilo de gestión Dalmiro Garay tachándolo de personalista. 



Valerio también ha expuesto que la Corte mantiene silencio ante los ataques de funcionarios del Poder Ejecutivo.