En una sesión clave, el Senado de Mendoza otorgó la sanción definitiva al proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo que modifica la normativa vigente para acelerar el recupero de las viviendas del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) en casos donde los beneficiarios hayan incurrido en incumplimientos contractuales graves.
La iniciativa surge como respuesta a un diagnóstico preocupante del propio IPV: actualmente, el organismo cuenta con las herramientas administrativas para quitar la adjudicación de una vivienda a quien no cumple, pero el proceso posterior para recuperar físicamente las llaves del inmueble y dárselas a otra familia suele convertirse en un laberinto legal burocrático, extenso y complejo.
Las dos causas detrás de una desadjudicación
Desde el IPV aclararon que los motivos principales que activan el retiro del beneficio son dos: la mora en el pago de las cuotas y la ocupación irregular (como la venta o el alquiler no autorizado del inmueble).
Respecto al alquiler de las viviendas sociales, las autoridades recordaron que es una práctica prohibida por ley, salvo excepciones muy puntuales que deben ser autorizadas previamente por el IPV bajo justificativos de peso (cambios laborales, problemas de salud, razones de seguridad o modificaciones severas en el grupo familiar).
En cuanto a las deudas, el semáforo rojo se enciende rápido. El proceso administrativo se inicia formalmente cuando el adjudicatario acumula tres cuotas impagas, ya sean consecutivas o alternadas.
A pesar del endurecimiento de los plazos judiciales que propone la nueva ley, los funcionarios del IPV remarcaron que la desadjudicación nunca es la primera opción ni un trámite automático. De hecho, el proceso administrativo completo, sumando las oportunidades de regularización, suele estirarse entre 12 y 15 meses.
Antes de quitar una vivienda, el Estado despliega un abanico de asistencia social y financiera para salvar la situación de las familias vulnerables.
"El sistema de vivienda social se sustenta en obligaciones recíprocas. Si un beneficiario no habita la casa o no la paga, rompe la cadena solidaria y perjudica directamente a las miles de familias que siguen esperando una oportunidad", señalaron desde el organismo.
¿Qué cambia con la nueva ley?
El núcleo de la reforma impacta directo en los tiempos de la Justicia. La nueva norma modifica la Ley Nº 4203, habilitando de forma directa al IPV a iniciar juicios de desalojo una vez que la quita del beneficio esté firme administrativamente.
Además, retoca la Ley Nº 9001 y el Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de la provincia para derivar estos casos a la Justicia de Paz Letrada. Al pasar a esta órbita judicial, diseñada para resolver litigios de forma más ágil y cercana, se espera que los plazos de desalojo de los ocupantes infractores se reduzcan drásticamente.