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Fase 1 en San Juan

En Flagrancia también se cuidan: así son las audiencias virtuales

El único fuero de la justicia que no paró de trabajar lo hace con las máximas precauciones y para ello se vale de la tecnología.

Por Redacción Tiempo de San Juan

Mientras rige la Fase 1 en San Juan, el Procedimiento Especial de Flagrancia sigue cumpliendo con el servicio de justicia con las máximas precauciones para evitar el contagio de coronavirus y por ello lleva adelante todas sus audiencias de forma virtual, con el objetivo de que las partes que intervienen no compartan un espacio físico.

Apoyados en la tecnología, las audiencias son completamente virtuales con sus protagonistas en sus despachos o domicilios particulares. Desde la justicia exprés indicaron que inclusive el personal -que normalmente trabaja operando los sistemas de videograbación en las salas- ahora lo hace desde su domicilio.

De ellas, a 19 se les resolvió la situación judicial: 16 por el artículo 205 (violar la cuarentena -3 con prisión efectiva; 8 con condenas condicionales y 5 con suspensión de juicio a prueba-). Y a las otras 3 personas (todas con condenas condicionales) por el artículo 205 y porque cometieron otro delito flagrante. Entre esas 3 personas, hay un hombre con condenado condicional por Violencia de Género con una pena de 3 años de prisión en suspenso.

A las otras 86 personas procesadas en Flagrancia en estos primeros cuatro días, se les abrió la audiencia y se les solicitó un cuarto intermedio en el proceso por distintos motivos: algunos porque Salud Pública pidió aislarlos en hoteles por 14 días para que cumplan cuarentena, y otros por tratarse de audiencias multitudinarias que podrían afectar las medidas sanitarias preventivas.

En los primeros cuatro días, Flagrancia realizó un total 58 audiencias por el sistema de videoconferencia. Eso elevó la cantidad de videoconferencias a un total de 674 desde el 25 de marzo del 2020, cuando en el país se comenzó con el Aislamiento Social como preventivo por el COVID-19.

También se realizaron audiencias por videoconferencia en casos de impugnaciones de resoluciones de Flagrancia, en donde el Juez de la Cámara Penal y el Fiscal intervinieron desde sus domicilios particulares; el abogado defensor particular, desde su estudio jurídico y el imputado, desde el Servicio Penitenciario Provincial.

Fuente: Prensa de Corte de Justicia 

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