A casi dos años de la denuncia, la causa
por el escándalo financiero en la mutual de UNSJ tuvo una resolución judicial:
procesaron sin prisión preventiva (ya estaban excarcelados) al ex presidente
Rubén Castro y al ex tesorero Oscar Bazán por el delito de defraudación por
administración fraudulenta. Le consideraron probado que endeudaron en 7
millones de pesos a la entidad sabiendo que no iban a poder pagar ese importe y
que iba a tener que hacerse cargo la próxima comisión directiva.
En el auto de procesamiento dejaron en la
mira a cuatro personas que le habían prestado dinero a la mutual y habían
recibido cheques a cobrar en el futuro con grandes intereses a su favor. A ellos
les dictaron falta de mérito: los abogados Jorge Andrés Lecich y Rolando Adrián
Nafa López y quien era empleado de la Escuela Industrial, Juan Antonio Ortega y
su hijo Joaquín Ortega.
EL CASO
El caso estalló a fines de octubre de 2014,
cuando la lista encabezada por Omar Cereso ganó las elecciones y terminó con la
gestión de Castro y Bazán, quienes administraron la mutual entre el 2005 y el
2014. A los pocos días las nuevas autoridades descubrieron el endeudamiento
desmedido y realizaron una denuncia penal en la Fiscalía de Instrucción N° 4,
donde rápidamente se hizo el requerimiento.
Desde entonces el caso fue investigado en
el Cuarto Juzgado de Instrucción. Ahora el juez Martín Heredia Zaldo dictó una
resolución.
En el fallo no hay dudas sobre el accionar
delictivo de Castro y Bazán: "Los ex directivos de la Mutual, en su obrar
doloso y malicioso, omitían en la mayor parte de las operaciones dejar
constancia de las mismas, así como el dinero recibido, y el destino dado al
mismo, causando perjuicio en los intereses que le fueron confiados,
precisamente lo que definió su infidelidad y la transformó en defraudatoria, ya
que obligaron abusivamente frente a
terceros a la Mutual comprometiendo seriamente sus posibilidades económico
financieras”.
También hizo alusión el juez Heredia a la
mala administración de un subsidio nacional que recibió la mutual: "En una
arista similar, la Mutual se vio beneficiada, en fecha 10 de septiembre de
2013, con la concesión de un subsidio económico otorgado por el INAES
(Resoluciòn Nª 133/13) por la suma de $ 564.942 y el mismo se destinaría a la
construcción de cuatro cabañas en la sede del Camping de la UNSJ ubicado en
Ruta 40 y 8, departamento de Pocito, del cual solo justificaron haber gastado
la suma de $ 260, destinado a la construcción de los terraplenes de cemento y
pozos negros correspondientes, sin acreditar en ningún momento el destino que
se le dio al saldo de dinero restante”.
SOBRE LA USURA
Sobre el delito de usura, el cual siempre
rondó a las ex autoridades de la mutual, el juez Heredia Zaldo falló que "en
base a lo manifestado no considero acreditado al día de la fecha ninguno de los
elementos exigidos por la figura de la Usura, ya que de Autos surge que las
deudas contraídas por la Mutual, fueron voluntaria y dolosamente contraídas por
Castro y Bazán, ex directivos de la Mutual, con el objetivo desde siempre de
perjudicar a la misma, y en forma indirecta a sus afiliados”.
El juez también dejó en claro que los ex
directivos contrajeron deudas sabiendo que ya no iban a poder pagarla y que lo
tendrían que hacer las próximas autoridades: "Los encartados Castro y Bazán en
forma voluntaria y consciente, pero con intenciones maliciosas, con el fin de
que les aportaran dinero a la Mutual, alegando su crisis económica, solicitaron
dinero a diversas personas, entre los
cuales se encontraban Lecich, Nafa, y los Ortega, etc, entregando a cambio
cheques de pago diferido, con fecha de vencimiento en su mayoría posterior al
cese de su mandato, cheques que al momento de librarlos ya sabían que nunca
pagarían, y que la nueva comisión debería hacerse cargo de su pago”.
El juez Heredia también falló sobre el mal
uso del dinero que le dieron las ex autoridades de la mutual: "No consta qué
destino se le dio a esa cantidad de dinero que ingresó a la Mutual, ya que no
constan mejoras en su estructura ni compras de bienes muebles o inmuebles. Si
bien hasta el día de la fecha no se ha
podido acreditar que el dinero recibido haya ingresado en su beneficio, sí ha
quedado claro que lo hicieron para causar un daño patrimonial a la Mutual,
endeudándola en más de siete millones de pesos”.
PRESTAMISTAS
A la hora de explicar porqué dictó una
falta de mérito a quienes hicieron de prestamistas de la mutual, el juez
Heredia Zaldo dejó plasmado en su fallo que "el plexo probatorio por el cual se
vincula a los encartados Lecich, Nafa,
Juan Ortega y Joaquín Ortega se encontró, luego de ponderado conforme a la sana
crítica racional, vacilante, con ambages, por decirlo de alguna manera. Ítero,
la falta de solidez de los indicios incriminatorios, y ante esta situación que
se presenta en autos, se vislumbra que no resulta razonable sostener, al menos
dentro de lo que indican las reglas de la experiencia, la lógica y la
psicología, una télesis imputativa”.
Como no tiene pruebas para procesar ni la
convicción de que sean inocentes, el juez Heredia Zaldo ordenó en su falló
seguir investigando a los abogados Lecich y Nafa y a los Ortega hasta poder
tomar una decisión definitiva: "No cabe entonces ni procesar ni sobreseer,
continuando con la instrucción a los efectos de encontrar evidencias para una u
otra de las soluciones previamente mencionadas, y superar el estado de duda que
reina en los autos en los que me explayo”.
Y dejó en claro el juez que en cualquier
momento puede tomar una decisión para con ellos: "Dejo en claro que la falta de
mérito no causa estado por lo que nada impide la revisión o nueva lectura de lo
actuado, pues aquel decisorio ni es preclusivo ni genera cosa juzgada”.
INDEMNIZACIÓN
El juez Heredia también argumentó porqué
fijó en 10 millones de pesos el embargo para los dos procesados: "Tengo presente
que tanto Bazán como Castro con su participación, actuaron en forma dolosa, en
la que defraudaron en una suma grande de dinero, con el consecuente impacto
negativo que obliga, embargo mediante, a asegurar la responsabilidad civil de
los imputados”.
Ese monto de dinero se fija para que la
Justicia se garantice una eventual "indemnización civil, el pago de las tasas
de justicia a cargo de la parte que pueda resultar vencida, y el monto
correspondiente a la defensa, y a los peritos”.