Después de que el juez Ricardo Moine de Flagrancia condenara a 3 años y 8 meses de prisión efectiva al sujeto que encarnó una escena digna de una película y le disparó con su rifle a otro conductor en Calingasta, tras discutir con él, su defensa insiste con que se la pena sea cumplida en su domicilio.
Si bien la Fiscalía -representada por Virginia Branca- y el abogado defensor Leonardo Villalba habían acordado que el castigo fuera con arresto domiciliario, el magistrado rechazó ese beneficio de prisión domiciliaria para Osvaldo Sánchez, le dictó la prisión preventiva y su traslado al Servicio Penitenciario.
Según apuntaron fuentes judiciales, Moine consideró que el imputado está en condiciones de cumplir con la condena en la cárcel y por ello dio lugar y homologó parte del acuerdo.
En ese marco, el letrado que defiende al hombre que le disparó a otro en plena vía pública, después de acusarlo de ladrón y de haberse quedado con un dinero que tenía guardado, insistió con el cumplimiento del beneficio por dos razones: cumple con el requisito de la edad y además presenta complicaciones en su salud.
Es que el imputado tiene 73 años y además tendría afecciones que comprometen su estado de salud.
"Vamos a presentar los informes médicos que indican cuál es su situación. No está en condiciones de permanecer en ese lugar. Por eso apelamos la decisión", manifestó.
El Tribunal de Impugnación será la autoridad que entienda sobre este tema y quien finalmente tenga la última palabra. Mientras tanto, señalaron las fuentes, Sánchez continuará en sede policial hasta cumplir con los días de aislamiento que impone el protocolo sanitario previo al Penal de Chimbas.
El hecho ocurrió en el interior de la Villa Nueva, sobre Ruta 412, cuando el conductor de 73 años, a bordo de una Volkswagen Amarok, sacó su arma calibre 44' Winchester y realizó el disparo contra el utilitario Renault Kangoo en el que viajaba un hombre de apellido Cortéz, de 50 años. De milagro, no ocurrió una tragedia ya que la bala ingresó por el parabrisas del vehículo y salió por la luneta trasera, sin herir a nadie.
Por los delitos de Portación Ilegítima de Armas de Fuego, Abuso de Arma de Fuego y Daños, el imputado fue aprehendido por la policía y quedó a disposición de la justicia exprés que el martes lo castigó.
Según habían manifestado las fuentes policiales, el imputado aseguró que la razón que impulsó su ataque fue una vieja disputa con el agredido. El tirador habría dicho que Cortéz le robó 80.000 dólares ($7.657.024 pasados ahora a peso argentino) cuando este trabajaba en su casa como albañil. Por esta razón, cuando se encontraron en la vía pública -ambos en sus autos- discutieron y se desencadenaron los hechos.
Acorde al Artículo 33 de la Ley 24.660, “el condenado mayor de setenta años o el que padezca una enfermedad incurable en período terminal, podrá cumplir la pena impuesta en detención domiciliaria, por resolución del juez de ejecución o juez competente, cuando mediare pedido de un familiar, persona o institución responsable que asuma su cuidado, previo informes médico, psicológico y social que fundadamente lo justifique”.