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DECISIONES POLÉMICAS

Increíble diferencia en el castigo a dos abusadores sexuales de niños: a uno 6 años y a otra 19; ¿por qué?

Son dos hechos distintos: uno es un hombre que violó a un vecinito y otro es una celadora que fotografió y corrompió a ocho pequeños en un hogar estatal. En ambos casos se abrevió el juicio entre el fiscal y los defensores, acordando una pena. Pero con resultados finales muy distintos. Por Gustavo Martínez Puga

Por Redacción Tiempo de San Juan

Mientras que en la Sala III de la Cámara Penal el violador de un niño se iba condenado a 6 años y medio de prisión, en la Sala I de la misma cámara le acordaron 19 años de prisión a la celadora de un hogar estatal que corrompió sexualmente a los pequeños que cuidaba. La situación llamó la atención en Tribunales por la gran diferencia del resultado final entre ambos casos que tienen de fondo las mismas víctimas: niños abusados sexualmente.

Un hecho ocurrió en Caucete en diciembre de 2013. Un sujeto de 24 años llamado Franco Daniel Escudero Ruarte abusó sexualmente de un niño de 6 años que era su vecino. Le dieron 6 años y medio de prisión en un juicio abreviado en la Sala III de la Cámara Penal.

El otro hecho ocurrió en Rawson en febrero de 2012. La celadora María Eugenia Fernández fotografió y corrompió sexualmente a ocho niños de un hogar estatal. Acordaron 19 años de prisión y es prácticamente un hecho que ésa será la condena final.

Ambos casos coinciden en que se evitó el juicio tradicional mediante el sistema de juicio abreviado, que es cuando el acusado (mediante su abogado defensor) negocia con el fiscal (representante del ministerio público) una condena.

La situación deja en evidencia que, más allá de que son hechos distintos, ante una misma problemática y con un mismo procedimiento, a uno le dieron casi el mínimo castigo de la ley y a la otra casi el máximo.

Escudero estaba acusado de "delito contra la integridad sexual con acceso carnal” y le imputaron el artículo 119, párrafo tercero, del Código Penal Argentino, donde la pena estipulada es de 6 a 15 años de prisión.

María Eugenia Fernández está acusada del delito de "corrupción de menores agravada reiterada por su condición de guardadora (ocho hecho) y exhibiciones obscenas reiteradas (ocho hechos)”. Le imputaron el artículo 125, tercer párrafo (de 10 a 15 años de prisión), y 128 (de 6 meses a 4 años de prisión), respectivamente.

El juicio abreviado fue negociado entre el fiscal de cámara Gustavo Manini y el defensor oficial Mario Vega. La jueza Silvia Peña es quien dirá el 10 de diciembre próximo en una sentencia si acepta o no los 19 años de prisión acordados. Todo indica que es casi seguro que así sea.

¿Por qué a uno le dieron 6 años y medio y a la otra 19?

En Tribunales pusieron la lupa sobre el caso de Caucete más que el de la celadora de Rawson, donde la pena negociada es alta y no despertó malestar.

Todo lo contrario ocurrió con el caso del niño violado en Caucete. Y en Tribunales pusieron la lupa en dos puntos: en que la investigación judicial venía "media floja de papeles”, apelando a una frase popular para describir una situación irregular. Y también hubo voces de la investigación que dijeron estar "muy enojadas” con el fiscal por la negociación que concretó.

El fiscal Carlos Rodríguez fue quien negoció el caso del niño violado, acordando una pena de 6 años y medio de prisión para Escudero  (24), defendido por los abogados Ricardo Moine, Sandra Leveque y Martín Torcivia.

"El acusado no tenía antecedentes ni condena. Generalmente en un juicio por un delito de ese tipo y a una persona así, las condenas son de 7 años de prisión. Como representante del ministerio público, rebajar la pena en medio año no es nada y tenemos una condena cerrando el caso”, informó el fiscal Rodríguez.

El fiscal Rodríguez no quiso hablar sobre si la instrucción del caso estuvo o no bien hecha, tal como advirtieron en Tribunales como motivo para aceptar la negociación.

Pero hubo un dato que trascendió en ese sentido: el informe oficial de la Cámara Gesell no estaba incorporado al expediente, ya que sólo habían adjuntado la desgravación de la entrevista al menor víctima.

"Si íbamos a juicio habían cosas que podían perjudicar el proceso en esa instancia o en la casación ante la Corte de Justicia, a donde seguramente los defensores iban a acudir”, precisó el fiscal Rodríguez.

Al haber hecho un juicio abreviado entre los abogados defensores y el fiscal, en el proceso quedó afuera la Asesora de Menores, quien podría haber tenido otra mirada sobre el caso.

Si bien el tribunal no está obligado a aceptar la negociación a la que llegan mediante el juicio abreviado el fiscal y los defensores, respetar el acuerdo es como una especie de pacto que no se toca en Tribunales. Es porque se respeta que el fiscal es quien tiene la acción pública y, si él está de acuerdo con la pena, se entiende que el interés social está cubierto.

El titular de la fiscalía de la Sala III de la Cámara Penal es Eduardo Mallea. Pero en ese caso lo subrogó Rodríguez, quien es fiscal de primera instancia.

Otro dato no menor a tener en cuenta es que en esa Sala III, al momento del juicio, había un solo juez titular: Eugenio Barbera, ya que se jubilaron Eduardo Gil y Ricardo Conte Grand. Éste último fue reemplazado recientemente.

Por lo tanto, para hacer el juicio por el niño violado, para integrar tribunal junto al camarista Barbera debieron citar como subrogante el juez Benedicto Correa, del Quinto de Instrucción.

La falta de jueces no es un dato menor, ya que en esa sala están a contrarreloj haciendo juicios y resolviendo apelaciones porque las prescripciones  corren y posibles delincuentes pueden zafar por falta de respuesta de la Justicia en los tiempos legales máximos previstos.

Sin ir más lejos, el sujeto preso por el caso del niño violado en Caucete estaba a punto de cumplir su tercer año de detención el próximo viernes 11 de diciembre.

Si no había condena hasta ese día, debían ponerlo en libertad porque se le vencían los 3 años de prisión preventiva, el máximo tiempo legal permitido para que una persona esté presa sin una condena.

Cómo fueron los casos

El niño de Caucete, con violencia extrema

El médico legista constató "desgarro anal de reciente data”, además de hematomas en esa zona del cuerpo, lo que le produjo una incapacidad de ocho días. El niño también tenía escoriaciones en la rodilla izquierda, en el muslo de ese lado del cuerpo, en sus muñecas y en un brazo. Ese parte médico no dejó lugar a dudas de que el niño de 6 años había sufrido un abuso sexual con acceso carnal.

Ocurrió en momentos que toda la familia se bañaba en un canal y él jugaba con sus hermanitos tirando piedras con una honda a los pájaros. En un descuido, el sujeto que vivía a metros de su casa, Franco Daniel Escudero, lo introdujo en el galpón en el que vivía y lo abusó.

En la causa figuran detalles escabrosos sobre la violencia sexual que sufrió el pequeño.

La pesadilla de 8 niños en un hogar estatal

En febrero de 2012, María Eugenia Fernández (28) fue designada como Encargada Provisoria del Hogar Hualilán, ubicado en Rawson. En enero de 2013, cuando pidió un permiso para faltar, saltó el escándalo cuando la nueva celadora le descubrió las fotos en una computadora. Aparecían los niños del hogar desnudos, mientras se bañaban, dormían; los varones con el pene afuera del pantalón y dos niñas abrazadas tocándose los senos.

Había llamado la atención que Fernández había pedido un préstamo de dinero siendo que habían dicho que quería renunciar al cargo. Y también llamó la atención que se había llevado a la casa de un vecino una PC que había en el hogar y que era del Estado. Allí, y en su celular, tenía las fotos aberrantes.

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