Además de los catorce años de diferencia, los separaba el carácter, los vicios y los celos entre hermanos. Por si faltaban motivos, los enfrentaba el amor de una mujer a la que ambos pretendían. Con todo esto la relación de Víctor y Alejandro parecía irreconciliable, y más a partir de la última pelea, con golpes incluidos, que aceleró la cuenta regresiva en el conflicto familiar.
Víctor Aguilera, de 45 años, estaba enceguecido del odio. La tarde del 26 de octubre de 1985 se dirigió hasta a la casa de sus padres en la finca Potenzoni en calle Divisoria, en 25 años, a buscar puntualmente a su hermano Alejandro, de 31 años. Este no se encontraba, así que el mayor de los Aguilera dejó un mensaje a su cuñada Cristina Ahumada –esposa de otro hermano- y a una vecina de nombre Ángela Garay. Les dijo que le avisaran a Alejandro que tarde o temprano lo iba a encontrar y que no se salvaría de la paliza.
Más tarde, como a las 20 horas, regresó a la finca. Se le notaba su estado de ebriedad y la furia que cargaba. Desde la entrada a la propiedad empezó a insultar y a llamar a Alejandro. Su cuñada Cristina Ahumada agarró a sus dos hijos más pequeños y se marchó a la casa de la vecina. Olía que esa noche iba a haber pelea entre sus dos cuñados.
La provocación
Alejandro, que permanecía encerrado en su habitación, prefirió hacer oídos sordos y esperar. Eso sí, tomó un pesado caño galvanizado de 80 centímetros de largo y lo dejó al alcance de la mano. Por si acaso, pensó. Su hermano Aldo y su madre, Paula Aguilera, se habían ausentado hacía horas y los únicos que quedaban en la casa, además de Alejandro, era su padrastro Juan Quintero y un sobrino menor de edad.
Nadie quería salir, mientras tanto Víctor alzaba la voz y puteaba a no dar más para provocar a su hermano menor y obligarlo a salir. Y lo consiguió. Alejandro se hartó de los insultos, empuñó el caño de metal en su mano derecha y caminó hacia la puerta de la casa.
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El lugar. El padrastro de los hermanos Victor y Alejandro Aguilera y una pariente mientras eran entrevistados por un periodista. Foto de Diario de Cuyo.
La versión que dio Alejandro fue que cuando tuvo frente a frente a su hermano Víctor, este amagó o hizo un ademán como de sacar algún arma de la cintura. Que entonces él reaccionó en cuestión de segundos y le revoleó el caño por la cabeza.
Dos golpes mortales
Víctor sintió el golpe y trastabilló para atrás, en eso volvió a darle otro garrotazo en la zona del cráneo. No le dejó chanches. Este cayó y no se levantó más. La sangre en su cabeza y su ronco quejido evidenciaban que estaba muy mal. Alejandro se asustó al ver esa escena e imaginó lo que se venía. Su padrastro y su sobrino, que había visto todo desde la puerta, corrieron a auxiliar al mayor de los Aguilera. Él, en cambio, salió a buscar ayuda. Tomó su bicicleta y encaró a la sede de la Comisaría 10ma de 25 de Mayo. Llegó desesperado y contó a los uniformados que su hermano Víctor estaba herido, que no sabía si lo había matado.
El más joven de los Aguilera golpeó a su hermano con un caño galvanizado de 80 centímetros de largo.
Al rato, los policías veinticinqueños y un equipo médico llegaron en ambulancia a la finca donde vivían los Aguilera. Trasladaron a Víctor en una camilla, pero ya agonizaba. Minutos más tarde, apenas ingresó al Hospital César Aguilar de Caucete, un médico confirmó su deceso.
La imputación
A partir de ese momento, el arresto preventivo de Alejandro Aguilera se convirtió en detención por orden del juez Ricardo Conte Grand. El delito, el presunto homicidio. En efecto, la autopsia al cadáver del peón rural reveló que la causa de muerte fueron los traumatismos de cráneo. Una de las heridas fue en el parietal izquierdo. La conclusión fue que esas heridas eran producto de los dos golpes con el caño galvanizado.
Alejandro Aguilera confesó que le pegó a Víctor con ese elemento metálico, pero aclaró que no fue su intención matarlo y sólo lo hizo para defenderse. Por otro lado, según la causa, al fallecido le encontraron un arma blanca entre su ropa.
El trasfondo
El acusado relató a los investigadores que su hermano se ponía agresivo y se alteraba más cuando se emborrachaba. Lo tenía cansado, dijo. El enfrentamiento entre ambos venía de tiempo atrás, pero la situación se agudizó a raíz de que a Víctor le gustaba una vecina de nombre María y trataba de conquistarla. Sin embargo, esa chica ya se estaba viendo con Alejandro. Esto último los enfrentó aún peor.
Ambos pretendían a la misma joven. Pera esa chica ya se estaba viendo con Alejandro y eso enfureció más a Víctor.
La vecina de apellido Ahumada declaró y confirmó que Víctor había ido a buscar a Alejandro unas horas antes con el propósito de agredirlo. Los familiares también respaldaron la versión del acusado acerca de que el mayor de los Aguilera era “belicoso por naturaleza” y en ocasiones portaba armas, de acuerdo a la documentación judicial. Otro dato que aportaron fue que un par de semana antes del crimen, mientras jugaban a las cartas, los dos hermanos discutieron y el menor de ellos le dio una trompada al otro. Por esta razón, este quería vengarse.
El juicio
Durante el juicio, el fiscal del caso pidió que Alejandro Aguilera fuera condenado por el delito de homicidio simple. La defensa se opuso y alegó que no hubo dolo, que el peón rural actuó en defensa propia y debían absolverlo. El juez no dio por acreditado ni una ni otra postura, sostuvo que el delito se encuadraba dentro del homicidio preterintencional y lo condenó a 12 años y 6 meses de prisión.
La sentencia de primera instancia fue apelada por la fiscalía y la defensa, que insistieron con sus posturas totalmente distintas. El fallo fue revisado en octubre de 1987 por los jueces José Luis García Castrillón, Arturo Velert Frau y José Alejandro Hidalgo de la Sala I de la Cámara Penal.
En un primer fallo, el peón rural fue condenado a 12 años y 6 meses de cárcel por el homicidio preterintencional. Otro tribunal luego revisó la sentencia y dejó la pena 3 años de prisión.
Los magistrados analizaron los argumentos de la sentencia y coincidieron en que no se cumplieron los requisitos para dar por acreditado que existió un homicidio preterintencional, pero tampoco hubo un homicidio simple y ni un acto en defensa propia. Opinaron que el acusado se excedió y su forma de repeler una posible agresión fue desproporcionada.
Revisión de la pena
Su actitud fue “temeraria e intemperante” ante los insultos y las amenazas de un ebrio. “Los insultos y amenazas de un beodo constituyen insuficientes para reaccionar” de la forma que lo hizo el acusado, afirmaron. Además, no resultó razonable que, ante la amenaza de su contrincante de sacar un arma blanca, Alejandro Aguilar empleara un elemento contundente como un caño metálico y lo golpeara en una zona vital, como es el cráneo. Para los jueces fue innecesario ese ataque, aunque se inclinaron a sostener que esa acción estaba más cercana a la culpa que a un hecho doloso.
En su resolución final expresaron que, en base a todos esos fundamentos, correspondía cambiar la calificación del delito de homicidio preterintencional por la de homicidio con exceso en la legítima defensa y consideraron justo condenar a Alejandro Aguilar con el máximo de la pena contemplada para el delito de homicidio culposo. Esto es, 3 años de prisión.