La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) emitió varias resoluciones para prohibir la comercialización, uso y distribución de productos médicos y alimenticios.
La ANMAT prohibió una marca de gomitas, sazonadores y un aceite
En los primeros casos se restringe la venta de los siguientes artículos:
-"Sazonador picante - Locoto en polvo, marca: Sazón Korr. Hecho en Bolivia".
-"Chiles picantes - Locoto en polvo, marca Protal, peso neto 9 gramos, producción de la Asociación Agropecuaria CORACA-PROTAL, R.S. SENASAG N°020303190021 R.S. N°034120004 - Registro Sanitario N° 017756, industria Boliviana".
-"Productos 'Don Ignacio' Gomitas Gran Variedad, Malvaviscos, Maní Japonés, Pastillas y mucho más!, RNE N° 040947, RNPA N° 040185".
En estos tres casos la razón fue que "no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado". Por eso prohibe su elaboración y comercialización en todo el país.
También se prohibió el Aceite de Girasol Renata. En este caso, la medida se adoptó porque el producto "carece de autorizaciones de establecimiento y de producto y está falsamente rotulado".
Productos médicos
A las resoluciones que prohiben el uso y la distribución del producto médico "Equipo de Laser Alma Soprano, serie N° 0373" porque "ingresó al país sin la correspondiente autorización" y "Fuente de Alimentación del Equipo Ultrasonido, marca ESAOTE, modelo MyLab Gamma, con número de serie K12210096", porque la empresa dueña del producto denunció el robo del artículo.
Fuente: MDZ Online