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Guerra

¿Cómo acoger a refugiados sirios en Argentina?

El Gobierno publicó en el Boletín Oficial las bases del programa, que apunta a dar asilo a quienes huyen de la violencia en ese país.

Por Redacción Tiempo de San Juan
El Gobierno anunció hoy modificaciones al "visado humanitario" del "programa Siria", que regirá el ingreso al país de extranjeros afectados por el conflicto en ese país. Según la disposición de la Dirección Nacional de Migraciones, publicada en el Boletín Oficial de esta jornada, los beneficiarios de la ayuda "obtendrán un permiso de ingreso y visado temporario", con un plazo de permanencia autorizado de dos años.

El artículo tercero de la normativa, firmada por el Director Nacional de Migraciones, Horacio García, determina que en dicho organismo se recibirán las solicitudes de residencia, que "serán iniciadas por la persona llamante o la organización que actúe como requirente". 

La persona "llamante" deberá presentar una "carta de invitación con carácter de Declaración Jurada que indique el domicilio donde se alojará efectivamente la persona beneficiaria y asumiendo el compromiso explícito de brindarle asistencia en materia de alojamiento y manutención sin fines de lucro, acompañando su proceso de integración y autosuficiencia". 

Además, se establece que "el compromiso asumido por la persona llamante será por el término de doce meses, o un plazo menor en caso que el beneficiario cuente con los medios necesarios para su autosustentabilidad". 

El "llamante", según la disposición 4683, podrá contar "con el aval de una organización que asuma el carácter de garante", y deberá "acreditar" su identidad mediante el documento vigente, en tanto que se le requerirá que acredite su domicilio real a través de la Policía Federal o Registro Civil. 

Por su parte, el "requirente deberá estar inscripto en el Registro Nacional Único de Requirentes de Extranjeros (RENURE)". El "llamante o el requirente" tendrá que explicar "el vínculo que tiene con la persona beneficiaria, sea este directo o a través de una organización o institución que los vincule, y en este último supuesto, informar el vínculo entre ésta y el beneficiario". 

Migraciones, en tanto, verificará que "el llamante y los beneficiarios no tengan restricciones de aptitud migratoria, ni antecedentes en los registros de Interpol". Asimismo, está contemplado que se le de participación al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, cartera que tendrá a cargo "la realización de la entrevista personal de aptitud migratoria". 

A los beneficiarios del programa Siria se les va a requerir el "documento de Viaje válido y vigente", pero ante la "imposibilidad justificada" de la documentación se podrá recurrir a Organismos Internacionales como la agencia del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina (UNRWA) o del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR). 

Otros requerimientos serán el "certificado de carencia de antecedentes penales del país de origen o residencia habitual, siempre que se trate de personas mayores de 16 años de edad, y en la medida en que sea razonablemente posible su obtención sin poner en riesgo su seguridad personal".
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