La Municipalidad de Capital dispuso multar a las personas que contraten sexo en la calle. En un comunicado informó que la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza, a través de la aplicación de su Código de Convivencia, "multará a aquellas personas que incurran en la contratación de servicios sexuales en el espacio público", informa el diario mendocino Mdz.
Considerada una "falta grave", la infracción representa "una multa de 2000 U.T.M. ($2700)".
"Los servicios sexuales en la vía pública generan una serie de conflictos que alteran el normal desarrollo de quienes residen y transitan la Ciudad de Mendoza; robos, violencia, droga y ruidos molestos", argumenta el municipio.
"Las acciones punitivas se orientan a desalentar la demanda de servicios sexuales (multas a los clientes) y por otra parte asumir la complejidad de la problemática caracterizada, en este nivel (al margen de la trata, que es eminentemente penal), por la necesidad de ofrecer una alternativa a quienes están marginadas del sistema económico formal y un marco de tranquilidad y convivencia a todos los vecinos de la Ciudad", completa.
También informa que a partir del 16 de diciembre y en distintos operativos, la Secretaría de Seguridad Ciudadana aplicó cinco multas en infracción a los Art. 41 y 42 del Código de Convivencia.
Así está reglamentado en el Código de Convivencia
Artículos
Artículo 41: Normas de Conducta.
Se prohíben el ofrecimiento, solicitud, negociación y aceptación directa o indirectamente de servicios sexuales retribuidos en el espacio público de la Ciudad de Mendoza, en todo su radio municipal y de forma especial cuando excluyan o limiten la compatibilidad de los diferentes usos de dicho espacio público.
Artículo 42: Régimen de Sanciones.
La autoridad municipal se limitará inicialmente a recordar a las personas que incumplieran este precepto, que dichas prácticas están prohibidas por la normativa vigente. Si estas personas persistieran en su actividad, se procederá al inicio del correspondiente procedimiento administrativo sancionador y a toda aquella actuación que legalmente corresponda derivada de la identificación de dichas personas.
Fuente Mdz